La Seguridad Social ha aprobado una nueva normativa para mejorar el acceso de las personas con discapacidad a la jubilación anticipada en España. Se trata de una medida que ya se encuentra recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor a partir del 1 de junio de 2023.
Hasta el momento, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% se encontraban con un importante escollo para acceder a la jubilación anticipada. Todo ello, debido a los exigentes requisitos de cotización marcados por la Seguridad Social.
Con esta nueva medida, un mayor número de ciudadanos con discapacidad podrá acogerse a la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad, sin implicar ningún tipo de penalización en la cuantía de la pensión.
Tipos de jubilación anticipada por discapacidad
En España existen dos tipos de jubilación anticipada por discapacidad. Uno de ellos es para personas con una discapacidad igual o superior al 45%, con acceso a la jubilación anticipada desde los 56 años de edad.
Por su parte, las personas con una discapacidad igual o superior al 65%, pueden jubilarse de forma anticipada a partir de los 52 años de edad. Para ambos casos se exigen ciertos requisitos de cotización.
Actualmente, la edad ordinaria de jubilación en España es de 66 años y cuatro meses para las personas con una cotización inferior a 37 años y nueve meses a la Seguridad Social. Si bien, las personas con una cotización igual o superior a 37 años y nueve meses pueden jubilarse con 65 años.
Hasta el momento, la Seguridad Social exigía a las personas con discapacidad igual o superior al 45% una cotización de, al menos, 15 años con la discapacidad reconocida para acogerse a la jubilación anticipada. Se trata de un requisito de difícil cumplimiento para los ciudadanos que se encuentran en dicha situación.
En el caso de las personas con discapacidad igual o superior al 65%, la normativa marcaba la necesidad de una cotización de 15 años, independientemente de que se hayan producido con o sin la discapacidad reconocida.
Nueva medida de la Seguridad Social
Con la nueva medida, la Seguridad Social mejora el acceso de las personas con discapacidad a la jubilación anticipada. Ahora, el tiempo de cotización exigido será de sólo 5 años, a diferencia de los 15 que eran necesarios anteriormente.
Es decir, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% podrán acceder a la jubilación anticipada por discapacidad con una cotización a la Seguridad Social de cinco años con la discapacidad reconocida.
Además, la nueva normativa de la Seguridad Social incluye otra novedad importante. También se podrán acumular dos tipos de enfermedades diferentes para determinar el grado de discapacidad igual o superior al 45%.
Por otra parte, ya no será necesario contar con un informe específico del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Será necesario contar con un informe médico que acredite las dolencias pertinentes para tener derecho a la jubilación anticipada por discapacidad.
Con este nuevo marco legislativo, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, indica que las personas con discapacidad tendrán mayores facilidades para acogerse a la jubilación anticipada en España.