Una de las modalidades de jubilación que permite la Seguridad Social es la jubilación parcial. En este caso, se compatibiliza la percepción de la pensión contributiva con los ingresos procedentes de la realización de una actividad laboral. Además, también se lleva a cabo una cotización a la Seguridad Social.
Desde ‘CampmanyAbogados’ explican que «con la jubilación parcial, un trabajador cobra una parte de su pensión de jubilación, al tiempo que percibe un sueldo por su actividad profesional».
A diferencia de otras modalidades, la jubilación parcial se debe solicitar a la Seguridad Social sin que el trabajador se haya jubilado. Es decir, mientras aún continúa trabajando en la empresa.
Con la modalidad de la jubilación parcial continúa la cotización a la Seguridad Social. Así, esta modalidad presenta una serie de ventajas e inconvenientes para los ciudadanos.
VENTAJAS DE LA JUBILACIÓN PARCIAL
Tras la solicitud por parte del ciudadano, la Seguridad Social debe analizar que cumple con todos los requisitos necesarios para acceder a la jubilación parcial.
Con la jubilación parcial, la Seguridad Social únicamente ingresa una parte de la pensión a la que el ciudadano tiene derecho. Por norma general, se calcula el importe a cobrar por la pensión de manera proporcional a la reducción de la jornada laboral.
Es decir, supongamos que el trabajador reduce su jornada laboral en un 50%. Pues le corresponderá una pensión contributiva del 50%, a la vez que recibe una parte proporcional de su salario acorde a la reducción de la jornada laboral.
Con todo ello, estos son los principales beneficios que ofrece la jubilación parcial a los ciudadanos:
- Es una opción ventajosa para la empresa en caso de que haya un contrato de relevo. En estos casos, la persona jubilada parcialmente puede enseñar las funciones del empleo al nuevo trabajador.
- Se da empleo a un trabajador que se encuentra en paro.
- El trabajador puede disfrutar de más tiempo libre al acogerse a la jubilación parcial.
- Se sigue realizando una cotización a la Seguridad Social, de cara a la jubilación definitiva.
Actualmente, la jubilación parcial no está habilitada para los trabajadores autónomos. Además, tampoco pueden acogerse a ella los trabajadores del Régimen del Mar. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social.
Si eres autónomo, puedes acceder a otras modalidades de jubilación, como la jubilación activa. Por el momento, el trabajo autónomo y la jubilación parcial no son compatibles.
COTIZACIÓN EN LA JUBILACIÓN PARCIAL
Como hemos comentado anteriormente, una de las ventajas de la jubilación parcial es que la persona beneficiaria sigue cotizando a la Seguridad Social.
Así, los expertos de ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «mientras una persona trabaja cobrando una jubilación parcial, sigue cotizando a la Seguridad Social, con un porcentaje específico. Para 2023, la normativa dicta que en esta situación se cotiza un 100% (igual que si se continuara trabajando a jornada completa)».
Anteriormente, en el año 2013, la cotización era únicamente del 50%, Sin embargo, esta normativa de cotización ha ido mejorando año a año. Desde este año 2023 ya se cotiza por el 100% en el caso de la jubilación parcial.