Los trabajadores autónomos tienen la obligación de pagar una cuota mensual de cotización a la Seguridad Social, en relación a su actividad laboral. En este sentido, tienen un modo de cotizar diferente con respecto a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social.
En la actualidad, el sistema de cotización de autónomos cuenta con 15 tramos de cotización diferentes, en función de los ingresos netos reales de cada trabajador. Así, el trabajador debe abonar una cantidad determinada según sus ingresos.
Bonificaciones de la Seguridad Social en la cuota de autónomos
A partir del 1 de enero de 2025 se producirán cambios en la cotización de los autónomos en España. Por lo general, los autónomos con menos ingresos tendrán una rebaja en su cuota mensual de cotización. Por su parte, los autónomos con ingresos más elevados tendrán una subida en su cuota mensual.
A pesar de ello, existen diferentes bonificaciones que aplica la Seguridad Social en la cuota de los trabajadores autónomos. Estas bonificaciones dependen de diferentes aspectos, como las circunstancias personales de la persona beneficiaria, lugar de residencia o naturaleza de la actividad, entre otras cuestiones.
Al respecto, el subinspector laboral de Empleo y Seguridad Social y profesor en el Centro de Estudios Financieros (CEF), Javier Sánchez Millanes, indica que «la complejidad del sistema de bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social, la frecuencia de los cambios legislativos y la falta de asesoramiento profesional adecuado pueden dar lugar al desconocimiento de estos incentivos».
Así, según informan desde el Gobierno de España, estas son algunas de las principales bonificaciones a las que pueden acceder los trabajadores autónomos en su cuota de cotización en 2025:
- Tarifa Plana, en caso de que sea el primer alta como autónomo del trabajador.
- Bonificación por residir en Ceuta y Melilla.
- Estar de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento. También debido a riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
- Por estar en situación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Compatibilizar la actividad como trabajador autónomo con un trabajo por cuenta ajena.
- Por creación artística.
- Contratar a otro trabajador para mejorar la conciliación de la vida profesional y familiar.
- Por estar de alta como autónomo y cobrando al mismo tiempo la pensión de jubilación.
- Por ser familiar colaborador de un trabajador autónomo.
Los trabajadores autónomos que se encuentren en una de estas situaciones podrán acceder a bonificaciones por parte de la Seguridad Social durante 2025. Así se recoge en la normativa de la Seguridad Social al respecto.
Tarifa Plana e incentivos para autónomos de mayores de 65 años
En otro orden de cosas, los expertos de BBVA manifiestan que «los trabajadores autónomos mayores de 65 años con 37 años y 9 meses, o más, de cotización efectiva, o mayores de 66 años y 4 meses y menos de 37 años y 9 meses de cotización efectiva, tendrán una exoneración del 100 % de la totalidad de las cuotas por Contingencias Comunes (excepto IT) y Contingencias Profesionales».
Además, durante el año 2025, seguirá estando vigente la opción de la Tarifa Plana para nuevos autónomos. En este sentido, los trabajadores que se den de alta por primera vez como autónomos, tendrán la posibilidad de pagar únicamente 80 euros al mes por su cuota de cotización a la Seguridad Social.
Si los ingresos del trabajador autónomo son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el primer año de actividad, podrá prorrogarse por un segundo año la cuota de Tarifa Plana.