La Seguridad Social desvela la cuantía de las 4 ayudas económicas para personas con discapacidad: 8.707,20 euros

La Seguridad Social ofrece prestaciones familiares económicas que pueden percibir las personas con discapacidad

Solicitud de la Seguridad Social para reclamar una prestación económica para personas con discapacidad

Solicitud de la Seguridad Social para reclamar una prestación económica para personas con discapacidad

La Seguridad Social cuenta con una serie de prestaciones familiares o asignaciones económicas para personas con discapacidad, en los que este colectivo o sus familias van a poder percibir hasta 8.707 euros. En este artículo vamos a detallar todo lo que debemos conocer sobre estas prestaciones.

Vamos a diferenciar 4 tipos de asignación económica que se puede percibir, como son:

A continuación vamos a ofrecer cuales son las cuantías que se pueden percibir por estas ayudas económicas para personas con discapacidad.

Las cuantías de las ayudas económica para personas con discapacidad de la Seguridad Social

Las diferentes prestaciones que ofrece la Seguridad Social para las personas con discapacidad van a tener una cuantía diferente. En primer lugar vamos a ver la asignación económica de hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%, que tiene una cuantía de 1.000 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). Además, explica que se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.

Por otro lado, los hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%, que tiene una cuantía de 5.805,60 euros anuales por hijo (483,80 euros mensuales). En este caso, tampoco se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.

También encontramos la asignación económica de hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%. La Seguridad Social explica que los hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:

Además, la Seguridad Social recalca que es su régimen transitorio, que está en vigor para aquellos beneficiarios que permanezcan cobrando las prestaciones familiares de hijo menor a cargo a extinguir.

Por último está la ayuda para hijos o menores a cargo, menores de 18 años, sin discapacidad, que aumentó su cuantía en abril de 2019, aunque tendrá dos vertientes:

Para más información puedes consulta la web de la Seguridad Social.

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