El mes de junio de 2023 la Seguridad Social abonará la primera paga extraordinaria de las pensiones contributivas, entre las que se encuentran las pensiones de incapacidad permanente. Nos referimos a la paga extraordinaria de verano.
La gran mayoría de pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares) se devengan en 14 pagas durante el año. Es decir, doce pagos correspondientes a las doce mensualidades del año, y dos pagas extraordinarias.
Así, las dos pagas extraordinarias se pagan en los meses de junio y noviembre. Se conocen como paga extra de verano y paga extra de Navidad. Ambas están situadas en dos meses estratégicos del año, antes del comienzo de dos etapas en las que suelen aumentar los gastos de los ciudadanos.
Paga extra e incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión contributiva que tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador debido a una lesión o enfermedad.
Así, la incapacidad permanente puede derivar de accidente de trabajo, enfermedad profesional, enfermedad común o accidente no laboral. Este hecho resulta clave para cobrar la paga extraordinaria en la pensión económica a percibir.
Las pensiones de incapacidad permanente que derivan de accidente no laboral o enfermedad común se devengan en 14 pagas durante el año, al igual que el resto de pensiones contributivas de la Seguridad Social.
Sin embargo, existe una excepción a tener en cuenta. Así, las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional se devengan en sólo 12 pagas durante el año. Es decir, este tipo de pensionistas no reciben pagas extras a lo largo del año.
Además, no se tendrá en cuenta el tipo de jornada que venían realizando el trabajador al momento del siniestro para calcular la pensión.
Pensionistas sin paga extra
Por tanto, los pensionistas de incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados) derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional no tendrán paga extraordinaria en junio de 2023.
Esto no quiere decir que tengan derecho a una cuantía inferior en su pensión con respecto al resto de pensionistas, sino que las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas en las doce mensualidades del año. De esta forma, reciben un poco más en cada mensualidad del año.
Concretamente, esto es lo que recoge la normativa de la Seguridad Social: «Cuando las prestaciones son consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, se distribuyen en 12 pagas, ya que las primas se prorratean dentro de las mensualidades ordinarias».
Por su parte, los pensionistas de incapacidad permanente con los que no se cumplan esta condición, recibirán la paga extraordinaria de verano en junio de 2023. Normalmente, las entidades bancarias suelen pagar la paga extraordinaria el mismo día que proceden al abono de la mensualidad ordinaria.
En este sentido, el importe de la paga extraordinaria es igual al de una mensualidad ordinaria. Por ello, los pensionistas de incapacidad permanente recibirán una paga doble en junio de 2023, a excepción de aquellas pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Es decir, la persona que normalmente cobre 1.100 euros en su pensión de incapacidad, cobrará un total de 2.200 euros en junio, debido a la recepción de la paga extraordinaria de verano.