La Seguridad Social es el organismo público encargado de gestionar todo lo relativo a la jubilación de los trabajadores y las pensiones que a estos les corresponde. Y es que el sistema de pensiones en España está organizado de tal forma, que el trabajador aporta parte de su salario durante sus años en activo, con el fin de obtener un ingreso mensual de por vida desde el momento en el que decida retirarse.
Sin embargo, esta decisión no es tan personal y libre como pueda parecer. Es decir, no se trata de un fondo de inversiones en el que el trabajador decide cuándo parar de trabajar y retirarse de forma unilateral. En realidad, debe cumplir una serie de condiciones para poder acceder a una pensión, cuyo importe, dependerá de en qué medida las cumpla. Pero se pueden resumir en dos: Tener una edad mínima y haber cotizado una serie de años a la Seguridad Social.
La Seguridad Social tiene establecida esta pensión de jubilación con 20 años cotizados
La Seguridad Social tiene establecido que el trabajador debe haber cotizado al menos durante 15 años para poder acceder a una pensión de jubilación. No obstante, no será la cuantía máxima, pues es a partir de los 15 años cuando se concede un mínimo, que va creciendo en base al resto de años cotizados. Para saber cuál es el importe a percibir, es fundamental conocer cómo se calcula la pensión de jubilación.
En este sentido, la Seguridad Social calcula el importe de la pensión de jubilación en base a factores como la base reguladora del trabajador, y la edad a la que este se retire. En el caso de los trabajadores que hayan cotizado durante 20 años, el porcentaje de la base reguladora que le pertenece al trabajador es del 62,38 por ciento. Una cuantía que no llega hasta el 100 por cien si el trabajador no cumple con la edad ordinaria y los años cotizados establecidos.
En cualquier caso, la Seguridad Social establece tener claro los requisitos para acceder a esta prestación. Estos son:
- Edad: Tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones.
- Período mínimo de cotización: Quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Hecho causante:
Trabajadores en alta: El día del cese en la actividad.
Trabajadores asimilados al alta: el día de presentación de la solicitud excepto, en excedencia forzosa, el día del cese en el cargo y en el caso de traslado fuera del territorio nacional, el día del cese en el trabajo.
Trabajadores en no alta: El día de presentación de la solicitud.
Los datos más importantes de la Seguridad Social en cuanto a la jubilación
La Seguridad Social, como ente público que se encarga de gestionar todo lo relativo a la jubilación, es el organismo que da respuesta a todas las duda de los trabajadores. Es por ello, que se recomienda a los trabajadores hacer un plan previo para conocer en qué situación se encuentra, y cuál es el mejor momento para acceder a la jubilación. En este sentido, en caso de duda lo mejor es ponerse en contacto con la Seguridad Social.
Desde este organismo, y ante una de las dudas más recurrentes que es, qué importe de pensión le corresponde a cada persona, dejan claro que la cuantía de la pensión está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica a la misma en función de los años cotizados. Además, establecen que en cuanto a los pagos, el pensionista debe tener en cuenta que:
- La pensión se abona mensualmente con dos pagas extraordinarias que se devengan con la mensualidad de junio y de noviembre.
- La pensión de jubilación tiene garantizadas cuantías mínimas, así como su revalorización al comienzo de cada año, de acuerdo al IPC previsto para ese año.
- La pensión de jubilación está sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).