El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado la modificación del Real Decreto 1221/92, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social. En concreto, autoriza a las Comunidades Autónomas la cesión de sus inmuebles que se encuentran vacíos repartidos en diferentes puntos de España. Es decir, inmuebles que actualmente no se utilizan por ninguna entidad gestora y servicios comunes.
Uno de los grandes objetivos de esta medida es promover un uso más eficiente del patrimonio que pertenece a la Seguridad Social. Con la aprobación del Real Decreto, se da luz verde a la cesión de dichos inmuebles.
Actualmente, la Seguridad Social cuenta con un amplio patrimonio distribuido por toda España. Se trata de un patrimonio extenso que ha provocado que, en ocasiones, se encuentre infrautilizado. Según la auditoría realizada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), hablamos de un total de 1.028 inmuebles vacíos o inutilizados.
Inmuebles vacíos de la Seguridad Social
Entre estos inmuebles vacíos de la Seguridad Social figuran edificios, solares, fincas rústicas, naves, garajes o locales. Todos estos inmuebles generan un gasto público que conlleva su mantenimiento. Además, muchos de estos espacios se sitúan en edificaciones en el centro de las ciudades, que por su inutilidad deterioran el entorno urbano.
Este Real Decreto de cesión de su patrimonio ha sido impulsado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Así, la nueva normativa contempla la ampliación de adscripción de bienes inmuebles de la TGSS, que hasta ahora solo se permitía para aquellas entidades que formaban parte de la Seguridad Social.
Por tanto, se amplía la cesión de estos espacios a otras administraciones públicas o a entidades de derecho público, aunque ello no implique que la Seguridad Social pierda la titularidad sobre los inmuebles. Desde la Administración defienden que «se reducen los plazos de tramitación, porque se podrán acordar las adscripciones de forma directa, sin necesidad de acudir al procedimiento -más largo- de cesión de uso».
Uso para otras administraciones
Con la nueva normativa, la Seguridad Social también agiliza el procedimiento de la cesión de uso de los inmuebles. En concreto, se establece un plazo máximo de 90 días para la tramitación de estas cesiones. Igualmente, se incorporan mejoras para precisar la regulación de aquellos inmuebles que sean susceptibles de cesión por parte de la Administración.
Uno de los elementos claves que recoge el Real Decreto, es que las administraciones o entidades a las que se ceda uno de estos inmuebles deberán certificar su utilidad con finalidad pública.
En otro orden de cosas, el nuevo Real Decreto también incluye la creación de un plan de optimización para el patrimonio de la Seguridad Social. Con esta medida se pretende evaluar las necesidades actuales y futuras de las entidades del sistema en relación al uso de edificios e inmuebles. Del mismo modo, tendrá la función de analizar las inversiones necesarias para el mantenimiento del patrimonio actual que pertenece a la Seguridad Social.