El Gobierno de España ha confirmado una subida del 9% en las cuantías de las pensiones no contributivas del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Este mismo porcentaje de revalorización también se aplicará sobre las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Desde la Seguridad Social informan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Aumento de 650 euros en el Ingreso Mínimo Vital
La prestación del Ingreso Mínimo Vital se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. El importe varía en función del número de miembros que figuran en la unidad de convivencia.
Actualmente, la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual es de 7.250,60 euros al año. Supone un importe de 604,21 euros al mes, ya que esta prestación se devenga en 12 pagas durante el año.
Con la revalorización del 9%, la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital en 2025 se situará en 7.903,15 euros al año. Así, constituye una cantidad de 658,59 euros al mes en 2025. Además, supone una subida de 652,55 euros al año con respecto a 2024.
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital para una unidad de convivencia con cinco miembros es de 15.951,24 euros al año en 2024. Tras aplicar la revalorización del 9%, la cuantía del IMV para una familia con cinco miembros se establecerá en 17.386,85 euros al año. De este modo, supone un aumento de 1.435,61 euros al año.
Así, desde la Seguridad Social manifiestan que «el Ingreso Mínimo Vital opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones».
Subida de los complementos del Ingreso Mínimo Vital
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital pueden cobrar una serie de complementos económicos asociados a esta prestación. Así, estos son los complementos que se podrán cobrar en 2025 junto a la prestación del IMV:
- Complemento de Ayuda a la Infancia.
- Complemento por monoparentalidad.
- Complemento por discapacidad.
El complemento por monoparentalidad está dirigido a las unidades de convivencia monoparentales. Por su parte, el complemento por discapacidad se destina a unidades de convivencia en las que alguno de los miembros tiene una discapacidad igual o superior al 65%.
Ambos complementos tienen una cuantía equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual. Con la subida del Ingreso Mínimo Vital también se produce un aumento de la cuantía de ambos complementos.
Así, la cuantía del complemento por monoparentalidad y del complemento por discapacidad se situará en 1.738,69 euros al año en 2025. De este modo se recoge en la normativa de la Seguridad Social.
Por otro lado, encontramos el Complemento de Ayuda para la Infancia. Este complemento se dirige a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con hijos menores a cargo.
La cuantía depende de la edad de los menores que figuran en la unidad de convivencia. Por el momento, el Gobierno de España no se ha manifestado respecto a posibles cambios en las cuantías de este complemento para el año 2025.