El Gobierno de España ha decidido prorrogar hasta finales del año 2022 la subida del 15% de las cuantías del Ingreso Mínimo Vital (IMV), prestación económica cuya gestión recae en la Seguridad Social. Esta normativa se integra dentro de las diez medidas anticrisis aprobadas por el Ejecutivo Central este sábado 25 de junio.
Así, en el Real Decreto-Ley 11/2022 (de 27 de junio) se recoge el aumento extraordinario del 15% en las cuantías del Ingreso Mínimo Vital hasta el 31 de diciembre de 2022. Igualmente, también se ha acordado una subida extraordinaria del 15% en las pensiones no contributivas.
Hay que recordar que el Gobierno de España aprobó de manera extraordinaria una subida del 15% en las cuantías del Ingreso Mínimo Vital durante los meses de abril, mayo y junio de 2022. Con la nueva normativa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social también reconocerá este aumento hasta diciembre de 2022.
¿Qué cuantías del IMV aumentan?
Desde la Seguridad Social informan que el aumento consistirá en una aplicación del 15% en la cuantía mensual que corresponda a cada beneficiario individual o unidad de convivencia del Ingreso Mínimo Vital entre los meses de abril a diciembre.
Aquí se incluyen también los complementos mensuales reconocidos, aunque se excluirán los complementos económicos del IMV que se hayan reconocido de manera previa. Entre estos complementos podemos destacar el complemento de ayuda a la infancia.
El aumento del 15% también tendrá vigor para las solicitudes de la prestación del Ingreso Mínimo Vital que se hayan presentado a la fecha de la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley, pero aún no se hayan resuelto. Así lo argumentan desde la Seguridad Social.
Finalmente, la subida del 15% también se aplicará en aquellas solicitudes del IMV que se presente posterioridad a la aprobación del mencionado Rel Decreto-Ley, pero siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de diciembre de 2022.
En cuanto a la aprobación de la prórroga de la subida del Ingreso Mínimo Vital, desde el ‘Instituto BBVA’ aclaran que «la actualización de la cuantía de la prestación con efectos de 1 de enero de 2022, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio 2021, no afectará a este incremento extraordinario, siempre que se mantenga el derecho a la percepción de la prestación, una vez se haya efectuado dicha actualización».
Cheque de 200 euros de la Seguridad Social
Entre las medidas de la Seguridad Social aprobadas por el Gobierno de España para hacer frente a la actual crisis económica, ocasionada en gran parte por la invasión de Rusia a Ucrania; también se ha aprobado un cheque de 200 euros de pago único para determinados colectivos.
Concretamente, este cheque de 200 euros está destinado a trabajadores autónomos, trabajadores afiliados al Régimen General de la Seguridad Social y personas desempleadas, que deben acreditar una renta anual inferior a 14.000 euros.
«Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,4 euros», explican desde la Seguridad Social.
Si bien, la medida excluye a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital del derecho a recibir esta ayuda de 200 euros. Así lo establece la normativa que ya se encuentra recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE).