A partir del 1 de abril de 2025 entra en vigor un nuevo incentivo para la jubilación demorada en España. Es decir, se trata de un beneficio que ofrece la Seguridad Social a aquellas personas que opten por retrasar el momento de su jubilación de manera voluntaria. Además, también entrarán en vigor diferentes medidas con efectos en la jubilación parcial y la jubilación activa.
Desde la Seguridad Social explican que esta nueva reforma está orientada «para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, la regulación de un nuevo procedimiento de acceso a la pensión de las actividades con elevada peligrosidad y para el mayor aprovechamiento de los recursos de las mutuas con el fin de recuperar la salud de las personas trabajadoras».
Nuevo incentivo para la jubilación demorada a partir de abril de 2025
Actualmente, los ciudadanos que accedan a la jubilación demorada pueden elegir entre tres incentivos económicos que ofrece la Seguridad Social. Es decir, se trata de un aliciente para que los trabajadores decidan retrasar el momento de su jubilación.
En concreto, la jubilación demorada es una modalidad en la que el trabajador decide por voluntad propia seguir trabajando por encima de la edad ordinaria de jubilación correspondiente. A cambio, la Seguridad Social le ofrece un incentivo económico específico.
La edad de jubilación ordinaria en 2025 es de 65 años para las personas que han cotizado un mínimo de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. Por su parte, es de 66 años y ocho meses para aquellos trabajadores que han cotizado menos de 38 años y tres meses durante su vida laboral.
Así, a partir del 1 de abril de 2025 entra en vigor un nuevo incentivo económico que se añade a los incentivos ya existentes. Además, todos los incentivos de la jubilación demorada serán compatibles con los beneficios que ofrecerá la Seguridad Social en la modalidad de jubilación activa.
Cuánto se gana por retrasar la jubilación en España
A continuación, exponemos los tres incentivos existentes en la jubilación demorada a los que pueden acceder los trabajadores en España:
- Un porcentaje adicional de un 4% por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió dicha edad legal y la del hecho causante de la pensión.
- Una cantidad a tanto alzado por cada año adicional completo cotizado a la Seguridad Social, que oscila entre 5.000 y 12.000 euros. El importe a recibir depende de los años cotizados previamente a la jubilación.
- Una combinación mixta de los dos incentivos anteriores.
Ahora, a partir del 1 de abril de 2025, se aplicará un nuevo incentivo en la jubilación demorada. Así, a partir del segundo año de demora, aumentará en un 2% el incentivo por cada seis meses de demora.
Es decir, a partir del segundo año de demora de la jubilación ya no será necesario cumplir el año de cotización adicional completo para cobrar los incentivos económicos que ofrece la Seguridad Social.
Al respecto, los expertos de BBVA indican que «a partir del segundo año completo de demora, se podrán computar periodos superiores a 6 meses e inferiores a un año, correspondiendo a dichos periodos un 2% adicional, o, en caso de optarse por una cantidad a tanto alzado, el resultado de multiplicar por 0,5 la cuantía de la fórmula en caso de un año completo adicional de demora».