El 1 de abril de 2023 entra en vigor una importante modificación de la Seguridad Social respecto a los procesos de baja laboral por incapacidad temporal. Se trata de una serie de medidas con efectos para los trabajadores, facultativos médicos y empresas.
La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador percibe una prestación económica durante un periodo de tiempo determinado en el que se encuentra incapacitado para desarrollar sus funciones laborales, a causa de una lesión o enfermedad.
Nuevas medidas de la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social informan que a partir del 1 de abril de 2023, «el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo una copia del mismo y no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia de ese parte a la empresa que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas«.
En este sentido, el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos correspondientes del parte de baja, confirmación y alta médica al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por vía telemática. Es decir, se reducen los procesos burocráticos en relación a la incapacidad temporal.
Posteriormente, las empresas tendrán la posibilidad de consultar los datos de su trabajador a través del ‘Fichero INSS Empresas’. En caso de que la empresa o empleador no tenga la obligación de registrarse en el Sistema RED, todas esas comunicaciones se llevarán a cabo por vía SMS o por correo ordinario. Dicha información también estará habilitada en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Por su parte, las empresas también tienen un papel importante en los nuevos procesos de incapacidad temporal. En concreto, deben remitir al INSS en un plazo máximo de tres días hábiles los datos económicos del parte de baja del trabajador.
Otra de las novedades relevantes de esta nueva medida es que el INSS no exigirá la cumplimentación de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO) por parte del personal facultativo. Este avance permite reducir la carga de trabajo en términos burocráticos, ya que tendrá carácter voluntario para los servicios de salud.
Más novedades
Con la nueva normativa sobre incapacidad temporal, las empresas serán las responsables de cumplimentar toda la información relativa a la actividad funcional que lleva a cabo el trabajador de baja médica, con detalles sobre el puesto de trabajo en cuestión. La finalidad de la Seguridad Social es agilizar y facilitar la actuación de los médicos de atención primaria.
También se incorporan medidas beneficiosas para la baja médica por incapacidad temporal de las personas empleadas del hogar. En este caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) también tendrá la responsabilidad de comunicar estos datos al empleador del hogar familiar.
Cuando una persona empleada del hogar se acoja a una baja médica, la Seguridad Social enviará directamente una comunicación vía SMS al empleador. Con esta nueva medida, la persona empleada del hogar de baja médica por incapacidad temporal podrá consultar su información relativa a la baja laboral. Todo ello, a través del Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Import@ss.