A partir del 1 de enero de 2025, todos los trabajadores en España tendrán una cotización adicional a la Seguridad Social. Entre otras cosas, se producirá un aumento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). A su vez, entrará en vigor la cuota adicional de solidaridad.
Desde el Gobierno de España argumentan que «con el objetivo de proteger las pensiones futuras y en búsqueda del equilibrio entre los ingresos y los gastos del sistema de Seguridad Social, en las últimas reformas aprobadas se han articulado medidas como la cuota de solidaridad y el aumento de las bases máximas de cotización, que también se incluyen en este texto».
Aumento del MEI en 2025
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una cotización adicional que se aplica a todos los trabajadores en España. Así, en 2025 pasará de un 0,7% a un 0,8%. Este porcentaje se distribuye de la siguiente manera entre la empresa y el trabajador:
- Un 0,67% corresponde a la empresa.
- Un 0,13% corresponde al trabajador.
En el caso de los trabajadores autónomos, es el trabajador el que asume al completo el 0,8% correspondiente a la cotización adicional a la Seguridad Social del Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
El MEI tiene como objetivo aumentar el Fondo de Reservas de la Seguridad Social, también conocido como ‘hucha de las pensiones’, para garantizar el pago de las pensiones contributivas ante la jubilación de la generación del ‘Baby Boom’.
Así, la cotización del MEI seguirá subiendo de manera progresiva hasta el año 2029, cuando se situará en 1,2%. A partir de ahí, desde el 2029 al 2050, los trabajadores deberán realizar una cotización adicional a la Seguridad Social del 1,2%.
Por otra parte, desde la Seguridad Social señalan que «en línea con la sostenibilidad del sistema de pensiones, la base máxima de cotización aumenta en 2025 de manera acorde con el incremento de la inflación y un porcentaje adicional. Para asegurar el carácter contributivo del sistema de Seguridad Social, este incremento estará acompañado de una subida de la pensión máxima (3.267,60 euros al mes)».
Cuota de cotización de solidaridad a la Seguridad Social
A partir del 1 de enero de 2025 también entrará en vigor la denominada como cuota de solidaridad de la Seguridad Social. No obstante, esta cuota de cotización solidaria solamente se aplicará a los trabajadores por cuenta ajena con ingresos superiores a la base máxima de cotización.
Los trabajadores autónomos no tendrán que afrontar esta cuota de cotización de solidaridad, independientemente de sus ingresos. Además, la cotización adicional correspondiente a la cuota de solidaridad no supondrá el derecho a un mayor importe de pensión.
Sobre esta nueva normativa, desde la Seguridad Social manifiestan que «gracias a la cuota adicional de solidaridad se prevé que la cotización tenga en cuenta la remuneración total percibida. De modo que esta cuota de solidaridad se aplique sobre la diferencia que haya entre la base máxima de cotización fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año y los rendimientos reales percibidos del trabajo».
En concreto, esta cuota de cotización de solidaridad se situará entre un 0,92% y un 1,17% en 2025, en función de la cantidad que exceda el trabajador sus ingresos por encima de la base máxima de cotización.
Así, la cuota de cotización de solidaridad de la Seguridad Social irá subiendo de manera progresiva, hasta situarse en un rango entre un 0,92% y un 1,17% en el 2045. El porcentaje de cotización adicional depende del tramo de salario del trabajador.