La Seguridad Social ha mandado un mensaje de advertencia a todos los ciudadanos que no hayan realizado la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2021, puesto que el plazo para presentar la misma finaliza en este mes de junio de 2022.
Igualmente, desde la Seguridad Social han recordado a todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) la obligatoriedad de hacer la Declaración de la Renta; así como todos los miembros que forman parte de la unidad de convivencia.
«Hay que recordar que el IMV es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración», aclaran desde la Seguridad Social.
Último día para presentar la Declaración de la Renta
La Campaña de la Declaración de la Renta arrancó el pasado 6 de abril, cuando se abrió el plazo para realizar presentar la declaración de forma online. Así, el plazo para presentar dicha declaración de manera online a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria finaliza el próximo 30 de junio.
Por su parte, el plazo para presentar la Declaración de la Renta de forma telefónica comenzó el 5 de mayo de 2022, mientras que por la vía presencial el plazo se inició el 1 de junio de 2022. En ambos casos, para su correspondiente realización, es necesario obtener cita previa.
Con todo ello, desde la Seguridad Social recuerdan que el último día para presentar la Declaración de la Renta 2021 con domiciliación bancaria es el 27 de junio de 2022. El último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas es el 29 de junio de 2022.
Finalmente, la Seguridad Social manda un mensaje de advertencia a todos los ciudadanos: «El último día para presentar las Declaraciones de la Renta es el 30 de junio de 2022».
La Seguridad Social explica como presentar la Declaración
Teniendo en cuenta los plazos de realización de la Declaración de la Renta correspondientes al ejercicio 2021, desde la Seguridad Social aclaran que existen diferentes mecanismos por los que llevar a cabo y presentar dicha declaración:
- Telemáticamente desde la página web de la Agencia Tributaria.
- A través de la aplicación para dispositivos móviles
- Por teléfono con cita previa
- Presencialmente, también con cita previa
Es importante presentar la Declaración de la Renta en los plazos legales establecidos por ley, puesto que de lo contrario podría haber consecuencias económicas.
Desde ING explican que «Hacienda puede sancionarte y aplicar un recargo a lo que te toca pagar. Esto dependerá, por un lado, del resultado de la declaración de la renta (si Hacienda es la perjudicada la sanción será mayor) y, por otro, de si eres tú quien cumple antes de que te lo reclame o si es la AEAT quien te envía un requerimiento para que declares. Además, el tiempo que haya pasado también cuenta en tu contra».
Si al realizar la Declaración nos toca pagar, es aconsejable presentar la declaración antes de que sea Hacienda quién lo requiera; aunque se haga fuera de plazo. En este caso, el ciudadano debe afrontar un recargo, pero no una sanción.