Se confirma la nueva edad de jubilación para 2025: esta será la nueva pensión

En España la edad ordinaria de jubilación sigue creciendo, y así lo seguirá haciendo hasta 2027, cuando se alcance el máximo histórico de 67 años

Aumento de la edad de jubilación en España

Aumento de la edad de jubilación en España./ Licencia Adobe Stock

Año nuevo, vida nueva. O eso dicen. La jubilación es un reto y una meta en la vida de todos los trabajadores. Es el momento en que, finalmente, van a poder disfrutar de los placeres de la vida alejados de la tensión del trabajo. Pero, para llegar a ese nivel de satisfacción, se deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social en relación a los años de cotización. También, en España, la edad ordinaria de jubilación incrementa cada año, y así lo seguirá haciendo hasta 2027, cuando alcance el máximo histórico de 67 años. En 2025, por su parte, la edad de jubilación aumentará hasta los 66 años y ocho meses para todos aquellos que no tengan cotizados al menos 38 años y tres meses.

De hecho, con la modificación de la edad legal de jubilación en España también varía la jubilación anticipada para aquellos trabajadores que opten por esta vía, ya sea de manera voluntaria o involuntaria. No obstante, el retiro voluntario anticipado de la actividad profesional va acompañado de unos coeficientes reductores de cara a la cuantía de la pensión, ya que, de acuerdo con las administraciones, no se ha cumplido el tiempo suficiente en régimen de cotización a la Seguridad Social.

Edad de jubilación en 2025

De cara a 2025, la edad ordinaria de jubilación aumentará hasta alcanzar los 66 años y 8 meses. Se trata de un aumento progresivo que viene sucediendo desde los últimos años, en concreto, desde la reforma de las pensiones del año 2013. De este modo, es importante resaltar que  la edad de jubilación mínima es, en la actualidad, de 65 años siempre y cuando el trabajador haya cotizado un mínimo de 38 años a la Seguridad Social. En el caso de que no haya sido así, la edad ordinaria para jubilarse será de 66 años y seis meses.

De este modo, para poder acceder a una pensión no contributiva por jubilación, las instituciones competetntes en esta materia afirman que se han tenido que cotizar un mínimo de 15 años y al menos dos de esos años deben encuadrarse dentro de los últimos 15 años del que se conoce como hecho causante, es decir, cuando se produce la retirada profesional de la actividad laboral. De este modo, con vistas al próximo año 2025, junto al aumento en la edad para acceder a la jubilación ordinaria, también se van a endurecer los requisitos para jubilarse a los 65 años. De esta manera, se concluye que sólo se podrán jubilar a esta edad quienes cumplan con un número determinado de años cotizados.

Jubilación anticipada

El hecho de llegar a la edad legal de jubilación en España no implica directamente cobrar el 100% de la base reguladora de la pensión. De hecho, para lograrlo, la Seguridad Social exige haber cotizado 36 años y seis meses. Estos requisitos, por su parte, permanecerán activos y se mantendrán hasta 2027, cuando volverá a haber cambios.

De cara a 2025,si  la jubilación es anticipada voluntaria, la edad de retiro se situará en 64 años y 6 meses o en 63 años para aquellos que hayan cotizado al menos 38 años. Si es involuntaria, esa edad será de 62 años y 6 meses o de 61 años. Eso sí, siempre y cuando se haya cotizado un mínimo de 38 años y 6 meses. Para el escenario del retiro voluntario de la actividad laboral, el adelanto máximo es de 24 meses; en el segundo jubilación involuntaria, este adelanto como máximo es de 48 meses. No obstante, sea de una u otra forma, y al hacerse de manera anticipada, la persona interesada sufrirá una reducción de la cuantía de la pensión. En este punto, conviene recordar que la penalización máxima por solicitar la jubilación anticipada, es decir, la aplicación de coeficientes reductores, es del 21% (voluntaria) y del 30% (involuntaria). El porcentaje variará atendiendo a una serie de circunstancias como los años cotizados y los meses en los que la persona adelanta el retiro.

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