Mañana 29 de septiembre entra en vigor la Ley de Bienestar Animal que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado mes de marzo. Una normativa que llega para proteger a las mascotas y en definitiva, a todos los animales que conviven o están bajo el cuidado de un ser humano, independientemente de su especie.
España es uno de los países con más mascotas por habitante. Esto podría significar que es un lugar amigable con los animales, sin embargo, aunque en un amplio porcentaje es así, sigue existiendo un problema con el abandono y con la falta de identificación de los animales. Por este motivo, se pedía desde hace tiempo una normativa más restrictiva.
Los tres focos principales que ha señalado el Ministerio de Derechos Sociales como primordiales en esta nueva Ley, son la lucha contra el maltrato, el sacrificio y el abandono de animales. De tal modo, que se prevén hasta 36 meses de prisión por cometer alguna de las barbaridades anteriormente descritas.
El objetivo de esta nueva Ley de Bienestar Animal es, no solo concienciar a la población de que tener una mascota en casa es una responsabilidad que tenemos la obligación de cumplir, sino castigar duramente a aquellas personas que cometan alguna aberración en contra de la vida de algunos de estos animales.
LEY DE BIENESTAR ANIMAL: ACCIONES CASTIGADAS
Uno de los puntos más vigilados en esta nueva Ley de Bienestar Animal se enfoca en torno a evitar el abandono y velar por el bienestar del animal. En este sentido, se citan prohibiciones como la de que un animal de compañía no puede estar sin supervisión durante más de tres día seguidos. Este punto se reduce hasta las 24 horas en el caso de los perros. Del mismo modo pasa con dejar a perros y gatos en terrazas y patios de manera permanente. Para asegurar el cuidado de las mascotas, a partir de mañana se limita a 5 el número de animales con los que se puede convivir.
Evitar el mercadeo en algunas razas y por tanto la explotación de algunos animales, también es un punto a batir. En este sentido, será obligatorio que las personas que se dediquen a la cría estén inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía, de este modo se evitará la reproducción incontrolada que sufren algunos animales de compañía con el objetivo de luego, ser vendidos. Del mismo modo, se prevé un control sobre la colonia de gatos que recae sobre los Ayuntamientos.
MULTAS Y SANCIONES
Esta normativa contempla una serie de multas y sanciones más estrictas que las existentes hasta el momento. De este modo, se prevén multas de carácter económico en función de la gravedad de la infracción. En este sentido, las sanciones más graves serán de entre 50.000 y 200.000 euros, las consideradas graves de entre 10.000 y 50.000 euros y las leves de entre 500 y 10.000 euros.
¿De qué depende la catalogación de cada infracción? Dentro de las sanciones más graves están acciones como la muerte o sacrificio no autorizado del animal. Del mismo modo, el abuso por adiestrarlos para peleas, la cría indiscriminada para venderlos o cualquier tipo de maltrato al animal con fines lucrativos.
En cuanto a los comportamientos graves, se engloban todos aquellos que causen sufrimiento o daño al animal. Por otra parte, también se considerará una sanción grave comercializar y criar animales silvestres alóctonos, así como abandonar a un animal o robarlo de su ámbito.