Los ciudadanos en España tienen la posibilidad de cobrar la pensión de jubilación antes de cumplir la edad ordinaria que le corresponde. Para ello, deben darse algunas de las situaciones contempladas por la Seguridad Social.
Antes de conocer los modelos de jubilación anticipada, es necesario tener en cuenta la edad ordinaria vigente de jubilación. En 2023, es de 66 años y cuatro meses para las personas con una cotización inferior a 37 años y nueve meses a la Seguridad Social. Del mismo modo, la edad de jubilación también es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 37 años y nueve meses.
Además, la edad ordinaria de jubilación aumentará el 1 de enero de 2024. Así, se situará en 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años. Igualmente, también será de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.
JUBILACIÓN ANTICIPADA EN ESPAÑA
En España existen diferentes modalidades de jubilación anticipada. Cada una de ellas permite adelantar la jubilación un determinado número de años, en función de la edad ordinaria.
Así, estos son los diferentes tipos de jubilación anticipada que contempla la Seguridad Social en España y a la que pueden acogerse los ciudadanos:
- Jubilación anticipada por discapacidad.
- Jubilación anticipada voluntaria.
- Jubilación anticipada forzosa.
- Jubilación anticipada por grupo de profesión.
En cada una de estas modalidades se recogen una serie de requisitos básicos para acceder a la jubilación anticipada. Además, también varían los años posibles de adelanto de la jubilación.
ANTICIPADA FORZOSA Y ANTICIPADA VOLUNTARIA
Con la jubilación anticipada forzosa, la Seguridad Social permite a los ciudadanos jubilarse hasta cuatro años como máximo de la edad ordinaria correspondiente. Todo ello, teniendo en cuenta los requisitos de cotización y el aumento estipulado para el año 2024.
Lo mismo ocurre con la jubilación anticipada voluntaria. Sin embargo, en este caso, solamente se puede adelantar dos años como máximo el momento de la jubilación con respecto a la edad ordinaria.
Para ambos casos, la Seguridad Social aplica penalizaciones en la pensión contributiva. Si bien, los coeficientes reductores son mayores en la jubilación anticipada voluntaria.
JUBILACIÓN ANTICIPADA POR DISCAPACIDAD
Otra posibilidad es la jubilación anticipada por discapacidad. Las personas con discapacidad igual o superior al 45% pueden jubilarse en España desde los 56 años de edad, siempre que cumplan con todos los requisitos marcados por la Seguridad Social.
Por su parte, las personas con una discapacidad igual o superior al 65% pueden adelantar la jubilación desde los 52 años de edad. En ambos casos no se aplican coeficientes reductores en la pensión.
Tampoco se aplican coeficientes reductores en la jubilación anticipada por motivo de profesión. Esta modalidad está habilitada para aquellas personas que durante su vida desempeñan tareas «de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad».
Estos ciudadanos se pueden jubilar anticipadamente desde los 60 años de edad. Se trata de trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, bomberos, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, policías locales y miembros de la Ertzaintza.