Estos son los requisitos para viajar con el IMSERSO sin ser jubilado

Estos son los requisitos mínimos según la Seguridad Social para poder viajar con el IMSERSO como persona acompañante del jubilado/a

Los jubilados de los viajes del IMSERSO ya reservan su destino favorito en España

El nuevo programa del Plan de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) para este año 2023, cuenta con novedades que debemos conocer si queremos ser beneficiarios de esta ayuda del Gobierno de España. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha informado que hay disponibles 820.000 plazas iniciales para las nuevas inscripciones que se hagan este año. Las cuáles serán ampliables si existe demanda suficiente. Además, también han revelado los requisitos que deben cumplir las personas acompañantes de los jubilados o pensionistas que reciben esta prestación.

Además, el pasado mes de octubre inauguraron una nueva página web. Una de las novedades que vamos a encontrar en el organismo y que, según ellos destacan: «tiene como objetivo mejorar el acceso de la ciudadanía a la información oficial sobre la actividad del Instituto. Y apostar por el diseño y los nuevos formatos digitales”.

Entre otras cosas, gracias a todos los servicios que presta el IMSERSO podrás elegir cualquiera de los que ofrecen en su web. Además, también informan a los beneficiarios de esta ayuda de los requisitos que deben cumplir las personas acompañantes de aquellas que puedan acceder a los viajes de la Seguridad Social.

Requisitos que deben cumplir los acompañantes sin ser jubilados según el organismo de la Seguridad Social

Las personas jubiladas o pensionistas que quieran formar parte de los viajes del IMSERSO, deben saber que pueden ir acompañados de otras personas que cumplan algunos de los requisitos que vamos a indicarte a continuación.

Requisitos para ser acompañante de una persona beneficiaria de los viajes del IMSERSO
Requisitos para ser acompañante de una persona beneficiaria de los viajes del IMSERSO

Y es que según la web del organismo de la Seguridad Social, los usuarios podrán ir acompañados por su cónyuge o por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal. Sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Además, informan que también pueden ir acompañadas de sus hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%. Siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación. O, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, cada persona que ocupe plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Sin que requieran de una atención diferente o especial al resto de los viajeros que acudan a estos viajes que organiza el IMSERSO.

Cómo acceder a la solicitud de los viajes del IMSERSO

Si quieres beneficiarte de esta ayuda, lo único que tienes que hacer es enviar tu solicitud a través de la página web del IMSERSO o mediante sobre franqueado. Así, solo tienes que acceder a este enlace donde encontrarás todas las opciones disponibles. Para acceder a los viajes, solo tienes que hacer clic en el programa en el que quieres llevar a cabo la gestión.

Requisitos para ser acompañante de una persona beneficiaria de los viajes del IMSERSO

Lo siguiente que aparecerá en la web del IMSERSO será el propio formulario a rellenar por el interesado. Por último, no te olvides de marcar la casilla ‘Me valgo por mí mismo/a para realizar las actividades de la vida diaria’. Además, se debe de indicar cual es la circunstancia que te da derecho a ser beneficiario del programa que has elegido y toda la información adicional que quieras enviar.

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