Las personas que se encuentran en situación de dependencia pueden acceder a cualquiera de los servicios que se ofrecen para estas personas, siempre y cuando cumplan con todo lo que se recoge en la Ley de Dependencia, que señala que su objetivo pasa por «regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia».
En la Ley de Dependencia se recoge que la dependencia es «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
Requisitos para ser reconocido en situación de dependencia
Desde la Comunidad de Madrid destacar que para ser reconocido en situación de dependencia y acceder a los derechos que establece la Ley de Dependencia es preciso:
- Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud ( a excepción de los emigrantes retornados). Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
- Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
- Las personas que carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En el caso de tratarse de menores se estará a lo dispuesto en las leyes del Menor.
¿Qué ayudas a la dependencia puedo solicitar en Madrid?
Desde la Comunidad de Madrid señalan que una vez realizada la valoración se procede a elaborar del Programa Individual de Atención (PIA). De este trabajo se establece la modalidad de intervención más adecuada para la atención de la persona, un servicio o una prestación económica, según sus necesidades y, siempre que cumpla los requisitos específicos del servicio o prestación solicitada y el régimen de compatibilidades entre los mismos.
Para ello, recuerdan que es importante tener en cuenta que, en general, todos los servicios y prestaciones son incompatibles entre sí, salvo en el caso de los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal, el servicio de teleasistencia y los servicios de ayuda a domicilio no intensiva y centro de día en grados II y III.
Las prestaciones económicas que se pueden recibir son: prestación económica vinculada al servicio (PEVS), prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF) y prestación económica de asistencia personal (PEAP).