La Seguridad Social se encarga de gestionar diferentes ayudas públicas dirigidas a los ciudadanos. Así, hablamos de ayudas muy variadas en función de sus características, beneficiarios y finalidad.
Una de estas ayudas es el complemento de ayuda a la infancia. Se trata de una prestación mensual que la Seguridad Social ofrece a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta ayuda también está habilitada para personas perceptoras de prestaciones de protección familiar.
La principal finalidad de este complemento económico consiste en reducir el riesgo de pobreza infantil entre la población española. Si bien, consiste en un complemento asociado a la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Ayuda de 80,5 euros al mes
La cuantía a percibir por el complemento de ayuda a la infancia depende de la edad de los menores que convivan en la misma unidad de convivencia que la persona perceptora del Ingreso Mínimo Vital.
En este sentido, consiste en una cuantía de 80,5 euros al mes por cada hijo a cargo con una edad entre 3 y 6 años. Si los menores tienen entre 0 y 3 años de edad, el importe a percibir asciende hasta los 115 euros al mes por cada uno de ellos. Por su parte, por los menores entre 6 y 18 años de edad, la cuantía a percibir es de 57,50 euros al mes.
Estas son las cuantías aprobadas por el Gobierno de España para el año 2023 referentes al complemento de ayuda a la infancia. Hasta el momento, la Seguridad Social no ha informado de posibles modificaciones en estos importes, aunque no se descartan posibles subidas.
Lo que sí está confirmado es el aumento de las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital para el año 2024. El Gobierno de España ha aprobado una revalorización del 6,9%, lo que supone una subida importante para todos los perceptores de esta prestación.
Requisitos del complemento de la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social señalan que «pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos».
Así, es necesario tener en cuenta los requisitos que exige la Seguridad Social para tener derecho al complemento de ayuda a la infancia en el año 2024:
- Ser beneficiario de la prestación del Ingreso Mínimo Vital o perceptor de prestaciones de protección familiar.
- Tener hijos menores de edad que convivan en la misma unidad de convivencia.
- La unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el Ingreso Mínimo Vital.
Estos son los requisitos fundamentales para tener derecho a percibir este complemento económico durante el año 2024. En relación a ello, desde la Seguridad Social realizan una aclaración sobre su solicitud.
Concretamente, los profesionales de la Seguridad Social aclaran que no deben solicitar el complemento las personas perceptoras del IMV o personas que han solicitado el IMV y se encuentra en trámite. En estos casos, si se cumplen los requisitos, la Seguridad Social concederá la ayuda mensual correspondiente de oficio.
Tampoco es necesario solicitar esta ayuda mensual si «eres beneficiario de la prestación de protección familiar y cumples los requisitos (asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% si tu unidad de convivencia no ha cambiado)».