Todos los requisitos necesarios para solicitar la jubilación: confirmado por la Seguridad Social

Las personas mayores de 65 años pueden acceder a la pensión de jubilación de la Seguridad Social si cumplen una serie de requisitos

Las personas mayores de 65 años pueden acceder a la pensión de jubilación del a Seguridad Social

Las personas mayores de 65 años pueden acceder a la pensión de jubilación del a Seguridad Social

Cuando un trabajador va llegando al fin de su trayectoria laboral piensa en la jubilación que va a percibir una vez concluya, ya que la pensión de jubilación es la prestación que reciben los trabajadores una vez que cesa en su trabajo. Esta prestación depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La prestación económica por jubilación, incluida en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, trata de sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral.

Requisitos para acceder a la pensión de jubilación de la Seguridad Social

Las personas que van a acceder a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social son conscientes de que deben de cumplir una serie de requisitos para acceder a dicha prestación. Uno de ellos tiene que ver con la edad. Y es que debemos de tener en cuenta que la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral. Para 2024, la edad de jubilación está fijada en 66 años y 6 meses para las personas que han cotizado menos de 28 años. En caso de que las personas hayan cotizado 38 o más años, la edad de jubilación estará fijada en 65 años. Todo ello se incluye dentro del proceso que tiene la Seguridad Social de atrasar la edad de jubilación hasta los 67 años, como ocurrirá en 2027 para las personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses de cotización. Como es obvio hay excepciones, como se señala, ya que hay gente que puede acceder a la jubilación anticipada antes de tiempo.

Además de la edad, hemos dicho que el periodo mínimo de cotización es otro de los elementos que van a fijar como va a ser nuestra pensión de jubilación. En este sentido, la Seguridad Social señala que el periodo de cotización genérico para los trabajadores que han trabajado en situación de alta o asimilada es de 15 años, 5.475 días. También hay que añadir que  2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar.

Una vez que se conozca el tiempo que ha cotizado cada persona y su base de cotización, se podrá calcular cual es la cuantía que va a percibir de pensión por discapacidad.

¿Qué es la pensión de jubilación?

Desde la Seguridad Social señalan que la pensión de jubilación es una prestación económica que consiste en una pensión vitalicia, única e imprescriptible, que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo. En este sentido, dejan claro que las personas que se pueden beneficiar de esta ayudas son aquellas que están incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social, afiliadas, que reúnan los requisitos establecidos de edad, período mínimo de cotización y hecho causante.

De la gestión y el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, excepto los trabajadores incluidos en el campo de aplicación del régimen especial del mar que corresponde al Instituto Social de la Marina.

Finalmente, la Seguridad Social explica que los trabajadores que se encuentra en alta, pueden presentar la solicitud de pensión de jubilación dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo. En este caos, los efectos económicos de la pensión se producen a partir del día siguiente a la fecha de cese de actividad. En este sentido, si la solicitud se presenta transcurridos más de tres meses desde la fecha del cese, los efectos económicos de la pensión se producen con una retroactividad máxima de tres meses desde la presentación de la solicitud.

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