Viajar como acompañante con el IMSERSO

Viajar como acompañante con el IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

Requisitos para ir de acompañante en los viajes del IMSERSO

Las personas que obtengan plaza para viajar con el IMSERSO podrán realizar dicho viaje con un acompañante, siempre que se cumplan ciertos requisitos

Para poder obtener una plaza de viaje con el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), es obligatorio cumplir una serie de condiciones. Sin embargo, también es posible viajar como acompañante de una persona que consiga plaza, sin necesidad de cumplir con dichos requisitos.

Desde el IMSERSO organizan cada año el Programa de Turismo. A través de este Programa, las personas mayores, pensionistas y jubilados pueden viajar a diferentes puntos de la geografía española por un precio reducido.

Requisitos para obtener plaza de viaje con el IMSERSO

Desde el IMSERSO explican que «el Programa de Turismo, entre otras cosas, tiene como objetivo fomentar la autonomía de las personas mayores facilitando la posibilidad de desarrollar actividades culturales y recreativas, contribuyendo con ello a mejorar su salud y calidad de vida, actuando con ello en la prevención de la dependencia».

Para poder obtener una plaza en los viajes del IMSERSO, es necesario que las personas solicitantes residan en España y cumplan con los siguientes requisitos:

Igualmente, desde el IMSERSO indican que podrán conseguir una plaza de viajes los residentes en los siguientes países que reúnan algunas de las condiciones descritas anteriormente: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza.

Requisitos para viajar como acompañantes

Las personas usuarias con plazas para viajar con el IMSERSO podrán realizar estos viajes con un acompañante. Eso sí, siempre que se cumplan determinadas circunstancias establecidas por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Por lo general, las personas con plaza pueden ir acompañadas por su cónyuge o pareja de hecho. En este tipo de situaciones, no es necesario que la persona acompañante cumpla los requisitos de edad o pensión descritos anteriormente.

Del mismo modo, desde el IMSERSO aclaran que las personas usuarias «podrán ir acompañadas de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas».

Junto con todo lo expuesto previamente, es fundamental cumplir con un requisito básico. Y es que todas las personas con plazas y sus acompañantes deberán valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Así se recoge en la normativa del IMSERSO en relación al Programa de Turismo.

Además, el IMSERSO también organiza cada año los Programas de Termalismo. Para obtener plaza es necesario reunir las mismas condiciones descritas con respecto al Programa de Turismo. Si bien, adicionalmente, es obligatorio «necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos».

Finalmente, desde el IMSERSO informan que los usuarios que obtengan plaza para el Programa de Termalismo también podrán acudir con un acompañante, cumpliendo los mismos requisitos que se exigen para el Programa de Turismo.

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