Las personas de Andalucía que cumplan con los requisitos podrán cobrar la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2025. Además, la Junta de Andalucía cuenta con una ayuda complementaria para las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.
Desde la Seguridad Social indican que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
¿Qué requisitos se deben cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?
Para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital en Andalucía, es obligatorio cumplir con una serie de requisitos básicos establecidos por parte de la Seguridad Social:
- Es obligatorio tener residencia en España. Esta residencia debe acreditarse de forma ininterrumpida y continuada durante al menos un año antes de presentar la solicitud de la prestación.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica.
- Tener, al menos, 23 años de edad.
- También es posible cobrar el Ingreso Mínimo Vital con una edad comprendida entre 18 y 22 años. Para ello, es preciso que la persona solicitante provenga de centros residenciales de protección de menores.
Así, desde la Seguridad Social aclaran que «para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros».
Son aspectos que deben tener en cuenta las personas que estén interesadas en cobrar la prestación del Ingreso Mínimo Vital en Andalucía. Además, son muchas las personas que no perciben el IMV al desconocer que cumplen con los requisitos para ello.
Las personas que cumplan con los requisitos y estén interesadas en su percepción, tienen la posibilidad de solicitar el Ingreso Mínimo Vital a través de diferentes canales. Se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social de forma online y en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Complemento del Ingreso Mínimo Vital en Andalucía
La Seguridad Social contempla hasta tres complementos diferentes para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. Hablamos del Complemento de Ayuda a la Infancia, complemento por discapacidad y complemento por monoparentalidad.
Además, algunas Comunidades Autónomas ofrecen un complemento adicional para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En este caso, la Junta de Andalucía cuenta con un complemento específico para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.
Desde la Junta de Andalucía exponen que «la cuantía de la ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital consiste en una ayuda extraordinaria que vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre el importe anual del Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la Infancia que la persona titular tenga reconocido y el mínimo establecido para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, fijado éste en el 24% del importe anual de las pensiones no contributivas vigente».
En concreto, esta ayuda complementaria que ofrece el gobierno autonómico de Andalucía está destinada a unidades familiares que, aún siendo beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, no puedan hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo.
Así, desde la Junta de Andalucía explican que esta ayuda complementaria del Ingreso Mínimo Vital se abona en un pago único anual. Eso sí, es imprescindible cumplir con los requisitos básicos que establece el Gobierno regional de Andalucía.