Cuando hablamos de pensión de jubilación, debemos de diferenciar entre la contributiva que ofrece la Seguridad Social, para la que hay que cotizar como mínimo 15 años, y la no contributiva del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocida como IMSERSO. Ambas prestaciones tienen un fin muy similar, que es ayudar económicamente a las personas que han dejado de trabajar. La principal diferencia es que para la no contributiva no es necesario
El IMSERSO explica en su web que la pensión no contributiva de jubilación «asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva». La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación
Desde el IMSERSO han señalado que las personas que pueden acceder a la pensión no contributiva de jubilación deben de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos:
- Tener sesenta y cinco años o más.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Otro requisito que exige el IMSERSO tiene que ver con carecer de ingresos suficientes. Hablamos que existe una carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. Aun así, el IMSERSO informa de que si son inferiores a 7.250,60 euros anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.
Cuantía de la pensión no contributiva para 2024
Debemos de tener en cuenta de que el Gobierno aprobó para 2024 una subida del 6,9% de las pensiones de tipo no contributivas, ya fuese de jubilación o de invalidez. En este caso, el importe fijado para este año es de 7.250,60 euros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 517,90 euros.
Desde el IMSERSO destacan que la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida. En este caso la cantidad anual es de 1.812,65 euros, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 129,48 euros.
El IMSERSO señalan que la pensión no contributiva de jubilación es incompatibles con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.