Existe una posibilidad de cotizar a la Seguridad Social sin trabajar y sin estar en una situación asimilada de alta. Así, los ciudadanos en España pueden cotizar sin trabajar a través del Convenio Especial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Para poder firmar este tipo de convenios especiales, los ciudadanos deben cumplir con unas condiciones y unos requisitos específicos. Estos convenios pueden ser de gran ayuda para algunas personas en determinadas situaciones.
Cotizar a la Seguridad Social sin trabajar
Desde ‘CampmanyAbogados’ indican que «el objetivo de seguir cotizando aunque ya no trabajemos es, por ejemplo, poder acceder en el futuro a una jubilación digna. O poder ser titular de una incapacidad permanente, que por contingencias comunes no conseguiríamos si falta cotización».
Generalmente, un Convenio Especial de estas características permite a los ciudadanos aumentar el tiempo total de cotización a la Seguridad Social. Hay que recordar que los años cotizados son clave, por ejemplo, para cobrar una pensión contributiva de jubilación en España.
En concreto, para tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación, es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Es un requisito indispensable para poder percibir una pensión de este tipo.
Además, el Convenio Especial también puede ayudar para percibir una cuantía mayor en la pensión contributiva de jubilación. Y es que el número de años cotizados a la Seguridad Social es clave para determinar el importe a cobrar en la pensión.
Igualmente, existen otros convenios especiales de la Seguridad Social para otras situaciones específicas. Por ejemplo, el convenio para trabajadores contratados a tiempo parcial o el convenio para trabajadores con reducción de jornada por cuidado de un familiar y/o persona con discapacidad
Requisitos para firmar el Convenio Especial de la Seguridad Social
No todos los ciudadanos tienen la posibilidad de firmar el Convenio Especial para cotizar a la Seguridad Social sin trabajar. Es obligatorio que se den una serie de condiciones básicas.
Así, estas son las personas que pueden firmar un Convenio Especial con la Seguridad Social para cotizar sin trabajar en 2025:
- Trabajador que no está dado de alta en la Seguridad Social.
- Trabajadores indefinidos y trabajadores autónomos que hayan cumplido 65 años, sigan de alta y hayan cotizado 35 años o más a la Seguridad Social.
- Personas que estén cobrando el paro y agoten el mismo.
- Trabajadores que cambien de empleo y tengan una base de cotización inferior con respecto a los doce meses anteriores.
- Pluriempleados, en caso de cesar en alguna de sus actividades laborales.
- Personas a las que se les haya retirado una pensión de incapacidad permanente o se les haya rebajado a un grado de incapacidad permanente parcial.
En cualquier caso, para tener derecho a firmar el Convenio Especial con la Seguridad Social el ciudadano debe acreditar un mínimo de 1.080 días cotizados en los doce años inmediatamente anteriores a su solicitud.
El segundo requisito que aplica la Seguridad Social es que no haya pasado más de un año desde que cesó la obligación de cotizar. Así se recoge en la normativa de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
También es posible firmar este tipo de convenios especiales en caso de haber perdido la pensión de jubilación o incapacidad permanente. Para estos pensionistas, el periodo mínimo de cotización debe haberse completado antes de que finalizara su obligación de cotizar a la Seguridad Social.