Las personas con discapacidad en España también tienen derecho a participar en los viajes organizados por parte del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Para ello, es imprescindible que cumplan una serie de requisitos que se exigen igualmente para todos los ciudadanos.
Desde el IMSERSO explican que «el Programa de Turismo tiene como objetivo fomentar la autonomía de las personas mayores facilitando la posibilidad de desarrollar actividades culturales y recreativas, contribuyendo con ello a mejorar su salud y calidad de vida, actuando con ello en la prevención de la dependencia».
Requisitos de las personas con discapacidad para viajar con el IMSERSO
Tal y como hemos comentado anteriormente, las personas con discapacidad tienen la posibilidad de obtener una plaza y participar en los viajes organizados cada año por el IMSERSO. Un requisito fundamental es que puedan valerse por sí mismas para desarrollar las actividades básicas del día a día.
Para poder viajar con el IMSERSO en 2025, las personas con discapacidad deben cumplir algunos de los siguientes requisitos:
- Cobrar una pensión de jubilación de la Seguridad Social.
- Cobrar una pensión de viudedad y tener 55 años o más.
- Cobrar una pensión de la Seguridad Social o subsidio por desempleo y tener más de 60 años de edad.
- Percibir una pensión de incapacidad permanente y tener 60 años o más de edad.
- Ser beneficiario del sistema de la Seguridad Social y tener, como mínimo, 65 años de edad.
Estos requisitos se aplican para todos los ciudadanos de España que quieran participar en el Programa de Turismo para viajar con el IMSERSO. Gracias a este programa, las personas mayores pueden viajar por un precio reducido a diferentes zonas del país.
Además, también pueden participar en los viajes del IMSERSO las personas que cumplan con los requisitos descritos anteriormente y residan en algunos de los siguientes países:
- Alemania.
- Andorra.
- Austria.
- Bélgica.
- Dinamarca.
- Finlandia.
- Francia.
- Holanda.
- Italia.
- Luxemburgo.
- Noruega.
- Portugal.
- Reino Unido.
- Suecia.
- Suiza.
Igualmente, la normativa actual del IMSERSO establece que también podrán participar en estos viajes «los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado».
Acompañantes con discapacidad
Del mismo modo, las personas con discapacidad también pueden viajar con el IMSERSO como acompañantes de usuarios que hayan conseguido plaza. Tanto los usuarios de plazas como los acompañantes deben valerse por sí mismos para desarrollar las actividades cotidianas de la vida diaria.
En este sentido, desde el IMSERSO indican que las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que se constituye una relación estable de convivencia. A las personas acompañantes no se les exige el cumplimiento de requisitos de edad o pensión.
Finalmente, desde el IMSERSO aclaran que los usuarios con plaza «podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas».
Así, estas son todas las posibilidades que tienen las personas con discapacidad de participar en los viajes que organiza el Instituto de Mayores y Servicios Sociales cada año. Eso sí, cumpliendo con los requisitos básicos exigidos.