A partir del mes de abril de 2025, los ciudadanos en España podrán compatibilizar el paro con un empleo a jornada completa. Esta compatibilidad será posible con una prestación contributiva por desempleo y con un subsidio por desempleo.
Esta nueva normativa se recoge en la reforma del subsidio por desempleo, aprobada definitivamente por el Congreso de Ministros el pasado 20 de junio de 2024. Esta reforma recoge diferentes medidas de mejoras en relación a la protección asistencial por desempleo.
Compatibilizar el paro con un trabajo
Hasta el momento, en España no se puede compatibilizar el cobro de una prestación del paro con el desarrollo de un trabajo a tiempo completo. Sin embargo, esta situación cambiará a partir del mes de abril de 2025.
Desde el Ejecutivo Central explican que «la reforma introduce el ‘Complemento de Apoyo al Empleo’, el instrumento de compatibilidad tanto del subsidio de desempleo, como de la prestación ordinaria, con la incorporación laboral«.
De este modo, el paro se podrá compatibilizar tanto con un empleo como con una beca. Sin embargo, para tener derecho a esta opción, es preciso que se cumplan una serie de requisitos recogidos por el Gobierno de España en la reforma del subsidio por desempleo.
La reforma del subsidio por desempleo incorpora una serie de medidas importantes, que «tienen como propósito simplificar el funcionamiento del sistema y adecuar sus objetivos para dar más claridad, seguridad jurídica y facilitar la gestión, en especial, a los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad».
Requisitos para compatibilizar el paro con un empleo
Tal y como hemos explicado anteriormente, los ciudadanos van a poder compatibilizar las prestaciones del paro con un empleo a jornada completa a partir del mes de abril de 2025. Así, estos son algunos de los requisitos que se deben cumplir:
- El ciudadano deberá tener unos ingresos inferiores a 2.250 euros al mes.
- Debe llevar 9 meses como mínimo cobrando las prestaciones del paro.
- El empleo y la prestación del paro no se podrá compatibilizar durante más de seis meses.
Estos son algunos de los requisitos que se tendrán que cumplir y que ya se conocen. Sin embargo, el Gobierno de España desvelará todos los detalles de esta nueva compatibilidad a medida que se acerque la fecha de su entrada en vigor.
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De cara a esta futura compatibilidad, los expertos de ‘Fidelitis’ realizan una advertencia importante a los ciudadanos: «si lo compatibilizas vas a tener dos pagadores. Puede afectar negativamente a tu pago de impuestos, ya que vas a pagar más».
Respecto a esta situación, desde ‘Fidelitis’ señalan que antes de llevar a cabo dicha compatibilidad es recomendable contar con un asesoramiento para analizar los ingresos reales y los impuestos que deberá pagar el ciudadano.
Desde el Gobierno de España añaden que «El Real decreto ley también prevé la posibilidad de acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia en jornadas completas como un derecho de todos los trabajadores y trabajadoras y sin necesidad, por tanto, de que esta opción esté recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa».
Además, se aplicará una nueva cuantía a cobrar por el subsidio por desempleo, así como la incorporación de nuevos colectivos que tendrán derecho a percibir estas ayudas por desempleo.