Cobrar dos pensiones de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Requisitos para cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez

La Seguridad Social permite cobrar dos pensiones contributivas de incapacidad permanente de manera simultánea

La pensión de incapacidad permanente es una de las pensiones más importantes que ofrece la Seguridad Social a los ciudadanos. En este caso, se trata de una pensión que cumple una función de protección hacia un trabajador que ha visto reducida o anulada su capacidad laboral, debido a una lesión o enfermedad.

Recientemente, el Gobierno de España ha aprobado una serie de medidas para mejorar el acceso a las pensiones de incapacidad permanente. Entre otras cosas, se ha eliminado el despido automático tras el reconocimiento de incapacidad permanente.

Cobrar dos pensiones de incapacidad permanente

La Ley General de la Seguridad Social establece que las pensiones contributivas no son compatibles entre sí. Es decir, si un ciudadano tiene derecho a dos pensiones, tendrá que elegir entre una u otra. Eso sí, existen ciertas excepciones a tener en cuenta.

Cobrar dos pensiones de incapacidad permanente
Cobrar dos pensiones de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Por norma general, un ciudadano en España no puede cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo. Sin embargo, esta incompatibilidad solamente se cumple si ambas pensiones proceden del mismo Régimen de la Seguridad Social.

Si cada pensión de incapacidad permanente deriva de un Régimen diferente de la Seguridad Social, existe la posibilidad de que un mismo ciudadano cobre dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo. Por ejemplo, si una deriva del Régimen General de la Seguridad Social y otra del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

Para entender mejor esta compatibilidad vamos a tomar como referencia un caso práctico expuesto por los profesionales de ‘CampmanyAbogados’. De esta forma, es más fácil comprender cómo se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo.

Supongamos que un albañil de alta en el Régimen General de la Seguridad Social sufre un accidente de trabajo con lesiones graves en las piernas, por lo que se le concede una pensión de incapacidad permanente absoluta.

Posteriormente, este ciudadano inicia un trabajo como asesor fiscal dado de alta como autónomo en el RETA. Así, fruto de esta actividad laboral empieza a sufrir pérdida de visión. Un hecho que deriva en el reconocimiento de una incapacidad permanente total.

Al proceder de diferentes regímenes de la Seguridad Social, el trabajador podrá cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo. Se trata de una compatibilidad permitida por la Ley General de la Seguridad Social en España.

Otras compatibilidades de la incapacidad permanente

La pensión de jubilación y la pensión de incapacidad permanente, si proceden del mismo Régimen de la Seguridad Social, tampoco son compatibles. En caso de tener derecho a las dos pensiones, llegado el momento dado, el ciudadano deberá elegir entre una de las dos prestaciones.

Por su parte, la pensión de incapacidad permanente es totalmente compatible con la pensión de viudedad o pensión de orfandad. En estas situaciones, el ciudadano no tendrá que elegir entre una de las dos pensiones.

No obstante, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ matizan que «hay que tener en consideración que existe un límite de ingresos para los pensionistas que se establece anualmente. Y este no se puede superar. Si la prestación por incapacidad sumada a la de orfandad (o viudedad) supera ese tope, el excedente no se cobrará».

Finalmente, es conveniente aclarar que no existe ninguna normativa que impida la compatibilidad entre la pensión contributiva de incapacidad permanente y la pensión no contributiva de incapacidad del IMSERSO. Sin embargo, en la práctica es prácticamente imposible que se pueda dar dicha compatibilidad, debido a los requisitos de ingresos que se deben cumplir para percibir la pensión del IMSERSO.

Salir de la versión móvil