El Gobierno de España junto con los grupos parlamentarios ha acordado recientemente la inclusión de un complemento a la pensión. Se trata de una medida incorporada dentro del proyecto de la actual reforma de pensiones que está en marcha.
En concreto, el complemento para las pensiones está destinado a aquellas personas que han cotizado 40 años o más y se han visto obligados a adelantar su jubilación, percibiendo una cuantía mensual inferior a 900 euros.
Debido a los requisitos y características del complemento, desde la Asociación de Jubilación Anticipada sin Penalizar con 40 años o más cotizados (Asjubi40) critican que esta medida beneficiará a un número muy reducido de pensionistas.
Requisitos del nuevo complemento para pensiones
Este nuevo complemento está dirigido a un grupo de pensionistas con unas características muy concretas. Es por ello que desde Asjubi40 advierten que esta medida podrá beneficiar a un número muy reducido de pensionistas.
En concreto, el complemento está destinado a las personas que hayan accedido a la pensión de jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, siempre que cuenten con largas carreras de jubilación y una cuantía inferior a 900 euros.
Así, este grupo de pensionistas podrá disfrutar de este complemento a todos los efectos a partir del 1 de marzo de 2022, según lo acordado por el Gobierno de España.
En concreto, la cuantía a obtener por cada pensionista estará marcada por la diferencia entre el importe resultante de aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en esta norma, tal y como adelantan desde ‘Onda Cero‘.
Entre los requisitos destaca la necesidad de acreditar 44 años y seis meses de cotización para acceder a este complemento. Si bien, las personas con una cuantía inferior a 900 euros el 1 de enero de 2022 y cuarenta años de cotización, también tendrán derecho a recibir el mencionado complemento en la pensión.
Igualmente, las personas cuya cuantía cuantía de la cotización inicial hubiera sido superior si se le hubiere aplicado los coeficientes reductores vigentes a 1 de enero de 2022 también podrán percibir este complemento en su pensión.
Más características sobre el complemento
La cuantía correspondiente de dicho complemento se abonará igualmente en 14 pagas, teniendo naturaleza de pensión de jubilación. Así, podrán recibir este complemento las personas que se han jubilado de forma anticipada y voluntariamente al menos dos años de la edad correspondiente entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, siempre con largas carreras de cotización.
Una vez que esta ley sobre pensiones entre en vigor a partir de 2022, la Entidad Gestora (Seguridad Social) será la encargada de reconocer el derecho a percibir este complemento. Es decir, el complemento será añadido directamente de oficio por parte de la entidad gestora.
Esta medida pretende responder a las demandas realizadas por los pensionistas jubilados de forma anticipada con largas carreras de cotización y que no ven reflejado este hecho en la cuantía de su pensión. Sin embargo, desde la Asociación de Jubilación Anticipada sin Penalizar con 40 años o más cotizados (Asjubi40) no se muestran contextos con la norma.