La edad de jubilación ordinaria en España es de 66 años y seis meses, para las personas que hayan cotizado menos de 38 años a la Seguridad Social. Sin embargo, también es de 65 años para las personas que acrediten una cotización igual o superior a 38 años.
Así, los ciudadanos que cumplan con los requisitos oportunos podrán jubilarse desde los 63 años de edad a través de la modalidad de jubilación anticipada voluntaria. Eso sí, esta modalidad de jubilación tiene efectos sobre la cuantía de la pensión.
Jubilación a los 63 años de edad
La jubilación anticipada voluntaria, tal y como indica su propio nombre, permite a los ciudadanos jubilarse de manera anticipada de forma voluntaria. Para acogerse a esta modalidad de jubilación es necesario cumplir con una serie de requisitos básicos.
Con la jubilación anticipada voluntaria, es posible adelantar el momento de la jubilación hasta en dos años como máximo con respecto a la edad ordinaria de jubilación. Así se recoge en la normativa de la Seguridad Social.
En 2024, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria es de 64 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social. Del mismo modo, también es de 63 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.
Sea como fuere, para acceder a la jubilación anticipada voluntaria, la Seguridad Social exige que los ciudadanos hayan cotizado un mínimo de 35 años durante su vida laboral. Dos de esos años deben estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. Este requisito se aplica para el año 2024.
Además, los expertos de BBVA indican que «se cuentan como cotizados tanto los periodos de servicio militar como prestación social sustitutoria o servicio social femenino, con un máximo de un año».
Penalización en la pensión
La jubilación anticipada voluntaria permite a los ciudadanos retirarse de la vida laboral antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación, incluso desde los 63 años de edad. Sin embargo, en este tipo de casos, la Seguridad Social aplica ciertas penalizaciones sobre la cuantía de la pensión.
Los coeficientes reductores que se aplican en la pensión por acceder a la jubilación anticipada voluntaria, se sitúan entre unos porcentajes mínimos y máximos. Todo ello, en función del número de años cotizados a la Seguridad Social y los meses de adelanto con respecto a la edad ordinaria de jubilación.
Así, se establece un máximo de un 21% en caso de que el ciudadano adelante 24 meses (dos años) la edad de jubilación, y cuente con menos de 38 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social.
Del mismo modo, el mínimo de penalización que se puede aplicar es de un 2,81% en caso de adelantar un mes la jubilación, y contar con más de 44 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social.
Desde BBVA concluyen que «el importe de pensión por jubilación anticipada resultante ha de ser superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al beneficiario de la pensión al cumplir 65 años». Este es otro de los requisitos que se deben cumplir para acceder a la jubilación anticipada voluntaria de la Seguridad Social.
En el caso de la modalidad de jubilación anticipada involuntaria, los trabajadores pueden acceder a la jubilación desde los 61 años de edad. Además, los coeficientes reductores que se aplican en la pensión son menos elevados.