La baja laboral por incapacidad temporal es una situación en la que debido a una lesión o enfermedades un trabajador no puede desarrollar su actividad laboral por un tiempo. Si bien, esta situación tiene una duración limitada por ley.
Desde la Seguridad Social explican que las contingencias que pueden originar una incapacidad temporal son la enfermedad profesional, enfermedad común, accidente de trabajo o accidente laboral; al igual que ocurre con la incapacidad permanente.
Por otra parte, para acogerse a una situación de baja médica por incapacidad temporal es necesario cumplir determinados requisitos. Primeramente, el trabajador debe encontrarse en una situación de alta o asimilada de alta. También tienen derecho a la baja laboral por incapacidad temporal los trabajadores autónomos.
La causa de la baja médica por incapacidad temporal es fundamental, entre otras cosas, debido a los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Cuando deriva de enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral, la Seguridad Social no requiere de ningún periodo previo de cotización.
Sin embargo, cuando la incapacidad temporal deriva de enfermedad común, la Administración requiere que el trabajador haya cotizado 180 días en los cinco años anteriores. Así lo explican los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘.
Duración incapacidad temporal
Cuando una persona en situación de baja laboral recibe el alta médica, debe reincorporarse a su puesto de trabajo con total normalidad. También puede darse el caso que una incapacidad temporal derive en el reconocimiento en una pensión de incapacidad permanente.

Así, la baja médica por incapacidad temporal tiene una duración máxima de un año (365 días). Cuando un trabajador alcanza 365 días de baja médica es citado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). para que el Equipo de Valoración de Incapacidad (EVI) analice su situación. En este caso, pueden darse varios escenarios.
- Recibir el alta médica. Esta opción conlleva la reincorporación del empleado a su puesto de trabajo.
- Ser propuesto como beneficiario de una pensión de incapacidad permanente.
- Recibir una prórroga adicional de 180 días en situación de incapacidad temporal.
Esta prórroga de 180 días se produce en aquellos casos en los que el EVI considera que en dicho periodo se puede producir una cierta mejoría en el trabajador. En este contexto, la duración máxima de baja médica por incapacidad temporal puede alcanzar los 545 días.
Si se cumplen los 545 días en situación de baja médica, el INSS volverá a citar al trabajador para estudiar su situación. Vuelven a plantearse varias posibilidades:
- Recibir el alta médica.
- Que se reconozca una pensión de incapacidad permanente.
- Que el INSS entienda que aún debes estar en tratamiento y de forma extraordinaria prorrogue hasta un máximo de 6 meses más tu baja médica, para llegar a los 2 años, tal y como explican desde ‘CampmanyAbogados‘.
Es de recibo aclarar que esta última prórroga en la situación de baja médica por incapacidad temporal se concede en casos extraordinarios, únicamente cuando el INSS cuenta con suficientes evidencias que podrían suponer una mejoría del trabajador sin necesidad de la concesión de una incapacidad permanente.