Las personas que se encuentran en situación de dependencia deben de acudir a su Comunidad Autónoma a solicitar la prestación, ya que el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) delega en las CCAA dicha gestión.
Desde la Comunidad de Madrid señalan que la «dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, precisan de la atención de otra persona o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria».
Además, recuerdan que la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia es la que reconoce a los ciudadanos el derecho a la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas dependientes.
Requisitos que exige la Comunidad de Madrid para acceder a la dependencia
Desde la Comunidad de Madrid señalan que las personas que se encuentran en situación de dependencia deben de cumplir una serie de requisitos para poder acceder a los derechos que establece la Ley de Dependencia, entre los que encontramos:
- Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud ( a excepción de los emigrantes retornados). Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
- Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
- Las personas que carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En el caso de tratarse de menores se estará a lo dispuesto en las leyes del Menor.
Los tres grados de dependencia que existen
A la hora de valorar la dependencia, existen tres grados diferentes para determinar el grado de dependencia que tiene el solicitante:
- Dependencia moderada (Grado I): si necesita apoyo al menos una vez al día para realizar ciertas actividades básicas de la vida cotidiana (asearse, comer, ir a la compra, etc.) o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
- Dependencia severa (Grado II): si necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal
- Gran dependencia (Grado III): si necesita ayuda varias veces al día o cuando por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Debemos de recordar que para conocer si una persona se encuentra en situación de dependencia se le realiza la valoración del solicitante, que es realizada por un valorador profesional con perfil sociosanitario y formación específica en la aplicación del Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD).
Dependiendo de la edad que tenga la persona, la valoración se realizará de una manera o de otra. Normalmente la valoración se lleva a cabo en el domicilio habitual del solicitante y se realiza teniendo en cuenta los informes de salud, el entorno en el que vive, y, si las hubiese, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis prescritas. En el caso del solicitante que tiene menos de 3 años, la valoración se realiza en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), utilizando la Escala de Valoración Específica (EVE).