¿Se puede renunciar a la incapacidad permanente?

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se encarga de ofrecer pensiones contributivas por incapacidad permanente

Quiénes pueden solicitar la pensión no contributiva por invalidez del IMSERSO

Las pensiones contributivas por incapacidad permanente son aquellas que ofrece el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá, para beneficiar a todos aquellos que necesiten garantías extra en la sociedad. Así, esta ayuda a los trabajadores que se encuentren de baja laboral a seguir teniendo ingresos económicos durante el tiempo que dure esta situación.

La incapacidad permanente se acredita a aquellos trabajadores que «por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral». Esto incluye ayudas económicas que se traducen en pensiones contributivas que dependerán del grado de incapacidad que otorgue la Seguridad Social a la persona afectada. Ahora bien, ¿puede una persona renunciar a una incapacidad permanente en España?. ¿Qué alternativas encontramos a la renuncia?.

Para solicitar una incapacidad permanente a la Seguridad Social los interesados deben reunir toda la documentación necesaria y cumplimentar el formulario de solicitud. No obstante, el organismo autónomo del Gobierno de España es tajante a la hroa de permitir o no las renuncias al grado de incapacidad.

RENUNCIA AL GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE EN ESPAÑA

Muchos trabajadores que reciben la acreditación de incapacidad permanente en España, no están de acuerdo con el resultado del reconocimiento profesional. No obstante, piensan en enviar una renuncia que permita declinar el certificado de esta nueva situación.

Hombre con incapacidad permanente en silla de ruedas
¿Puedo renunciar a la incapacidad permanente de la Seguridad Social?

No obstante, la Seguridad Social prohíbe a los trabajadores renunciar al grado de incapacidad que les ha sido otorgado a través de un estudio clínico. Así, aceptarlo es algo obligatorio que no podemos decir por cuenta propia.

Eso sí, a medida que va pasando el tiempo, podemos conseguir que el organismo modifique el grado de incapacidad si hemos notado una mejoría y ven que cumplimos los requisitos establecidos para poder optar a ella.

Además, existen algunas alternativas que dan la posibilidad a los trabajadores de reclamar en contra de la resolución obtenida a través del estudio clínico de la Seguridad Social. Aunque para ello debemos conocer los pasos a seguir para evitar errores, ya que tenemos la oportunidad de cambiar el diagnostico si tenemos la documentación necesaria para ello.

RECLAMACIÓN PREVIA Y REVISIONES

Si no estamos de acuerdo con la resolución que ha emitido el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), podemos enviar una reclamación previa a través de la administración. Este trámite servirá para que el trabajador al que se le ha otorgado una incapacidad permanente pueda solicitar una modificación, alegando las razones por las que no quiere recibir esta acreditación.

Además, otra de las formas más eficaces para modificar el grado de incapacidad que ha otorgado la Seguridad Social es revisiones períodicas. Por ejemplo, solicitar una revisión por error si alegamos que el reconocimiento de la incapacidad permanente está fundamentada en un planteamiento erróneo.

O, si ha pasado un tiempo prudencial para pedir una revisión por mejoría también podemos hacerlo. Para ello, tendremos que volver a acudir al Tribunal Médico que será quien dictamine qué grado de incapacidad permanente nos pertenece y si hemos experimentado o no una mejoría.

En definitiva, pedir una renuncia a la incapacidad permanente no está permitido por la Seguridad Social. Pero podemos pedir revisiones periódicas para que esta situación cambie lo más pronto posible.

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