El testamento es el acto mediante el cual, una persona deja establecida su voluntad acerca de lo que quiere que ocurra con su herencia. No se trata de un documento obligatorio, por lo que quienes deciden hacerlo, es porque tienen un objetivo claro. La práctica jurídica demuestra que por lo general, este objetivo suele ser proteger a algún familiar o evitar problemas familiares. Sin embargo, en algunas ocasiones, el objetivo es dejar sin herencia a un miembro de la familia.
Las relaciones familiares no son perfectas. Sin embargo lo habitual, es tener una relación cercana con los mismos. Es por ello, que la legislación protege estas relaciones. ¿Cómo? Pues en el caso de las sucesiones, estableciendo unos herederos forzosos que tienen derecho a su parte de la herencia. Esto significa que aún con testamento, el testador debe respetar la porción que le corresponde a sus herederos forzosos. El Código Civil establece, que estos son:
- En primer lugar, los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y
descendientes. - En ausencia de los anteriores, el viudo o viuda.
Dejar fuera del testamento a un hijo
Hay ocasiones en las que el objetivo de realizar un testamento, es dejar fuera a un hijo. Si atenemos a lo expuesto en el Código Civil en cuanto a los herederos forzosos, podríamos determinar que esto no es posible. Sin embargo, la ley aguarda también una herramienta que permite dejar a un heredero forzoso sin herencia. Es lo que se conoce como desheredar a una persona.
Cabe recordar, que el testamento obliga al testador a dejar la legítima a sus herederos forzosos, pero aún cuenta con un tercio de mejora, que debe ir para uno o varios de esos herederos, y uno de libre disposición que puede conceder a quien quiera. En base a esto, desheredar es privar a una persona de la parte legítima que le corresponde. Como bien hemos señalado, esta opción es legal, sin embargo, no es algo que pueda hacerse sin argumentos.
Esto significa, que no vale un simple enfado, u otra causa banal para desheredar a un hijo. De hecho, solo es posible dejar fuera del testamento a un hijo, por las causas establecidas en el artículo 756 del Código Civil. En todas ellas, se justifica un motivo por el que al heredero se le considera incapaz de suceder por causa de indignidad.
Artículo 756 del Código Civil
El artículo 756 del Código Civil establece las causas por las que se puede desheredar a un heredero legítimo, es decir, por las cuales una persona puede dejar a su hijo fuera del testamento. Estas son:
- La persona condenada por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o por haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar.
- El condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si los ofendidos son igualmente del ámbito familiar más cercano. Igualmente por haber cometido un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia de la persona agraviada. Del mismo modo, la persona privada por sentencia firme la patria potestad, o removido del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o del ejercicio de la curatela de una persona con discapacidad por causa que le sea imputable.
- Si la persona que se quiere desheredar es condenado por denuncia falsa por acusar al causante de un delito grave.
- El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de un mes a la justicia cuando ésta no hubiera procedido ya de oficio.
- El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.