La incapacidad permanente total es uno de los grados de invalidez que puede conceder la Seguridad Social en España a los trabajadores. Así, la incapacidad total cuenta con unas características específicas y es necesario cumplir ciertos requisitos para cobrar la pensión.
En primer lugar, es necesario aclarar que la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para su profesión habitual, aunque es compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que han originado la pensión de invalidez.
Debido a su idiosincrasia, la incapacidad permanente total conlleva el derecho a cobrar una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. Una base reguladora que puede ser del 75% en caso de que el usuario tenga 55 años o más y se encuentre en paro.
Personas con derecho a incapacidad permanente total
La pensión de incapacidad permanente total es una pensión que pueden cobrar todos los trabajadores de España que se encuentren dados de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada de alta.
Además, es conveniente el cumplimiento de requisitos básicos marcados por la normativa de la Seguridad Social. Estos son algunos de los más importantes:
- Estar en situación de alta o asimilada de alta.
- Tener menos de 65 años de edad.
- Acreditar ciertos requisitos de cotización en caso de que la incapacidad total derive de enfermedad común.
Hay que recordar que la incapacidad permanente total puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional.
El hecho causante de la incapacidad total es un elemento clave en relación a los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para cobrar esta pensión.
Por ejemplo, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ comentan que «si la incapacidad deriva de enfermedad profesional o accidente de trabajo, y el empresario no hubiera dado de alta al trabajador, éste recibirá el alta de oficio por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)«.
Requisitos de cotización
Cuando el hecho causante de la incapacidad permanente total es un accidente de trabajo, accidente no laboral o enfermedad profesional, la Seguridad Social no exige el cumplimiento de ningún requisito de cotización.
No obstante, si la invalidez total se debe a una enfermedad común, la Seguridad Social exige el cumplimiento de unas condiciones de cotización, que varían según la edad del jubilado.
En el caso de trabajadores menores de 31 años en la fecha del hecho causal, la Seguridad Social exige cotizar la tercera parte del tiempo desde la fecha en que cumplen 16 años hasta el momento del hecho causal.
Para los mayores de 31 años se requiere cotizar la cuarta parte del tiempo transcurrido entre los 20 años y la fecha del hecho causal, un mínimo de 5 años. Hablamos de la posibilidad de acceder a prestaciones de invalidez total por la enfermedad actual.
Las personas que cumplan con todas las condiciones aquí descritas, podrán tener derecho a solicitar una pensión de incapacidad total en 2023. Este tipo de pensión se puede lograr a través de la vía administrativa (INSS) o por la vía judicial.