El Gobierno de España ha aprobado un nuevo complemento para la pensión de aquellas personas con largas carreras de cotización. Es decir, se trata de una medida de la Seguridad Social para compensar las prestaciones de este tipo de pensionistas.
En concreto, este complemento está destinado a personas beneficiarias de la pensión de jubilación causada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021; siempre que hayan accedido a la jubilación anticipada de forma involuntaria como máximo 4 años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación correspondiente en cada momento.
Podrán tener derecho a recibir este complemento con efecto desde el 1 de marzo de 2022. Eso sí, para ello será conveniente cumplir los siguientes requisitos con la Seguridad Social:
- Acreditar como mínimo 44 años y 6 meses de cotización. Si la cuantía de la pensión es inferior a 900 euros mensuales el día 1 de enero de 2022 también existe la posibilidad de acreditar al menos 40 años de cotización.
- También deben acreditar ante la Seguridad Social que la cuantía de la pensión hubiera sido superior si les hubieran aplicado los nuevos coeficientes reductores que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2022.
Este complemento también estará disponible para las personas beneficiarias de una pensión de jubilación de la Seguridad Social causada entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2021. Siempre que el acceso a la jubilación anticipada de forma voluntaria sea como máximo de dos años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación correspondiente.
También en el caso de la jubilación anticipada voluntaria es necesario cumplir con los requisitos expuestos en el apartado anterior.
Cuantía del complemento de la pensión
Concretamente, el importe de este complemento a la pensión de la Seguridad Social estará determinado por la diferencia de la cuantía resultante de aplicar a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en la nueva ley de la reforma de pensiones encabezada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
Así, el importe correspondiente a este complemento se ingresará en 14 pagas durante el año, teniendo en cuenta las pagas extraordinarios de verano y navidad. Además, tendrá naturaleza de pensión de jubilación a todos los efectos, ya que se integrará completamente en la misma.
Por su parte, al Instituto Nacional de la Seguridad Social (Entidad Gestora) tendrá la potestad de otorgar el derecho a percibir este complemento a todos los beneficiarios que corresponda en un plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la nueva Ley.
Desde el Gobierno de España ya han informado que será tarea de la propia Seguridad Social realizar los cálculos y aplicar el complemento a la pensión de oficio.
Beneficiarios del complemento
Este complemento a la pensión a jubilados con largas carreras de cotización es una viaja reivindicación de la ‘Asociación de Jubilación Anticipada sin Penalizar con 40 años o más cotizados’ (Asjubi40).
Sin embargo, desde esta asociación confiesan que el complemento actual, tal como se ha planteado por parte del Gobierno y la Seguridad Social provocará que llegue a un número reducido de pensionistas en España.
En definitiva, está dirigido a los miles de pensionistas que cuenten con 44,5 años cotizados a lo largo de su vida laboral o más de 40 años cotizados en caso de tener una pensión inferior a 900 euros.