Una persona que tenga acreditada una discapacidad, no haya cotizado nunca o al menos lo suficiente a la Seguridad Social para acceder a una prestación contributiva, y carezca de recursos económicos, puede acceder a una pensión no contributiva por invalidez. Cabe recordar, que se trata de prestaciones indicadas para personas que no cuentan con acceso a otro tipo de recursos ni tienen ingresos económicos, pero cumplen con los requisitos para acceder a una de las dos modalidades disponibles: invalidez y jubilación.
En cuanto a la cantidad de dinero que perciben las personas con alguna discapacidad que cumplan con los requisitos para acceder a una pensión no contributiva de invalidez, este importe se determina cada año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Cabe recordar, que mientras se aprueban unos nuevos, el Gobierno ha acordado un incremento del 9 por ciento para reducir la brecha existente entre la cuantía de las pensiones mínimas y el umbral de la pobreza.
Requisitos debe cumplir una persona con discapacidad para acceder a una pensión no contributiva
El Estado contempla para las personas que tienen acreditada alguna discapacidad y que no cumplen con los requisitos para acceder a una pensión contributiva, que la Seguridad Social les conceda una pensión no contributiva. En este sentido, la pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos con discapacidad y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
Pero, ¿Qué requisitos debe cumplir una persona con discapacidad para acceder a esta prestación? Según establecen desde el instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), para beneficiarse de esta prestación, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros al año.
¿Se puede acceder a dos pensiones a la vez?
En este sentido, muchas personas aceptan que para acceder a una pensión no contributiva por sufrir una discapacidad, los ingresos anuales no pueden superar los 7.905,80 euros al año, pero, ¿Es posible acceder a dos pensiones a la vez en España? Desde La Moncloa, establecen que estos son los casos disponibles:
- La regla general es que no se pueden cobrar dos pensiones de un mismo régimen a la vez. Quien tuviera derecho a dos o más prestaciones optará por una de ellas. Se exceptúa de la incompatibilidad la pensión de viudedad.
- En el caso de las pensiones contributivas, sí se puede tener derecho a dos pensiones si el solicitante ha cotizado a dos regímenes distintos, como al régimen general y al de autónomos. Si no está en situación de alta o asimilada en alguno de estos regímenes en el momento de la jubilación, será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años.
- En el caso de las pensiones no contributivas, no se pueden cobrar dos pensiones a la vez. Solo se puede ingresar la de jubilación o la de invalidez. En este caso, también es incompatible la pensión de viudedad.
- Sí es compatible la pensión contributiva de jubilación con el trabajo de los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras, adscritos al Sistema Nacional de Salud con nombramiento estatutario o funcionario, que podrán desempeñar sus funciones solicitando una prórroga en el servicio activo y percibiendo el 75% del importe de la pensión de jubilación, siempre y cuando cumplan determinados requisitos. Esta medida, adoptada a finales de 2022, tiene como objetivo reforzar el sistema sanitario en su conjunto y, en particular, la atención primaria.