El reparto de la herencia es un proceso que va mucho más allá del hecho de reunir los bienes y repartirlos entre los herederos. Se trata de un trámite legal que sí o sí debe llevarse a cabo cuando perdemos a un ser querido. Y es que un primer concepto que debemos tener en cuenta es el de la propia herencia, que lejos de ser solo bienes, recoge estos, pero además, los derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte de una persona. En segundo lugar, que todo ello se hace conforme dicta la ley.
En todo ese proceso, hay trámites obligatorios como la liquidación del Impuesto de Sucesiones, un impuesto que grava la transmisión de bienes entre personas físicas con carácter gratuito. Se trata de un impuesto de carácter estatal, pero cuya gestión está cedida a las comunidades autónomas, motivo por el cual, el importe a pagar depende del lugar de residencia habitual del causante. Es decir, no todos los españoles pagan lo mismo.
¿Qué ocurre con la herencia si no se paga el Impuesto de Sucesiones?
El Impuesto de Sucesiones es por tanto, uno de los trámites obligatorios en el reparto de una herencia. Cabe recordar, que además cuenta con un plazo establecido para ello. Concretamente, los herederos tienen un plazo de seis meses contados a partir del día en que se produce el fallecimiento del causante. Se trata del periodo voluntario con el que cuentan los herederos para liquidar este impuesto. Pero, ¿Cuáles son las consecuencias de no liquidarlo?
A pesar de ser un pago obligatorio, son muchos los herederos que llegado el momento, se preguntan qué ocurriría si deciden no afrontar el pago de este impuesto. Según los expertos, la falta de liquidación en plazo del Impuesto de Sucesiones, tiene dos tipos de consecuencias: Una consecuencia en el ámbito fiscal y otra consecuencia en el ámbito civil.
La consecuencia en el ámbito fiscal, la lleva a cabo la administración mediante un procedimiento de liquidación tras haberse cumplido el plazo legal de seis meses desde el fallecimiento del causante con el que cuentan los herederos para hacer la autoliquidación. A efectos reales, si es la administración la que lleva a cabo la liquidación, obligará a los herederos no solo al pago del impuesto, sino a un recargo por el por el impago en plazo y a un pago por los intereses de demora. Independientemente de lo anterior, la administración puede iniciar un procedimiento sancionador por el incumplimiento de la obligación fiscal de liquidar el este impuesto, en el plazo legalmente establecido.
Consecuencias en el ámbito civil
Por el contrario, no liquidar el Impuesto de Sucesiones no interfiere para nada en que los herederos puedan realizar la aceptación de la herencia, si lo miramos desde el punto de vista civil. Tanto es así, que podrán comparecer ante notario, y aceptar y adjudicarse la herencia sin ningún tipo de problema. Eso sí, si en la masa hereditaria hubiese bienes inmuebles, no accederán al registro de la propiedad hasta que se produzca la liquidación del impuesto.
Pero no es la única consecuencia en el ámbito civil. Pues si los herederos no acreditan a las entidades bancarias correspondientes la liquidación del Impuesto de Sucesiones, los herederos no podrán disponer de los productos bancarios. Finalmente, hay una tercera consecuencia en este ámbito, y es que no se podrán llevar a cabo transferencias de vehículos en la Dirección General de Tráfico (DGT), si no se acredita la liquidación del Impuesto de Sucesiones. Así pues, es importante valorar las consecuencias en un acto tan determinante como es el reparto de una herencia.