La incapacidad permanente absoluta es una pensión contributiva que tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que anulan su capacidad laboral. Es decir, inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.
Sin embargo, desde la Seguridad Social aclaran que la incapacidad absoluta puede ser compatible con una actividad laboral. Así, las posibilidades de compatibilidad son muy reducidas y siempre deben contar con la aprobación del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Por otra parte, la pensión a percibir por una incapacidad permanente absoluta es equivalente al 100% de la base reguladora. En este sentido, puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional.
He perdido la incapacidad permanente absoluta
A diferencia de lo que muchas personas creen, la incapacidad permanente absoluta siempre es susceptible de revisión por parte del INSS. Por este motivo, es posible perder el grado de incapacidad absoluta ante determinadas circunstancias.
Los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ señalan que «una incapacidad permanente absoluta se puede perder, sobre todo, si la persona deja de estar limitada para desempeñar cualquier trabajo«.
Tras una revisión de incapacidad permanente absoluta puede darse el caso de perder el derecho a una pensión de incapacidad permanente o que se reduzca el grado a incapacidad total, suponiendo pasar de una pensión del 100% de la base reguladora al 55%.
En un proceso de revisión por parte del INSS también puede mantenerse el mismo grado de incapacidad e incluso obtener un grado superior por empeoramiento. Aquí se pasaría de incapacidad permanente absoluta a Gran Invalidez.
¿Cómo actuar?
Si has perdido la pensión de incapacidad permanente absoluta o te han reducido el grado de invalidez, tienes la posibilidad de establecer una reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para ello, la parte afectada dispone de un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de resolución.
No es imprescindible que la reclamación previa se prepare por parte de un abogado especialista. Sin embargo, es una acción recomendable para aumentar las probabilidades de obtener una resolución positiva.
Puede darse el caso que la reclamación previa al INSS sea desestimada. En ese caso, el usuario afectado tiene una última oportunidad para reclamar por la retirada de la incapacidad permanente absoluta: Acudir a la vía judicial.
En esta situación sí es fundamental contar con un abogado especialista en la materia. Este abogado será de especial valor para determinar si existen motivos suficientes para presentar una demanda judicial contra el INSS. Igualmente, el plazo para presentar una demanda es de 30 días hábiles desde la resolución negativa de la reclamación previa.
Además, también existe una alternativa excepcional. En caso de que el juicio no sea favorable, es posible recurrir la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia. Esta será la última vía para reclamar frente a la retirada de la pensión de incapacidad permanente absoluta.