¿Qué es la bonificación de edad por discapacidad de la Seguridad Social?

La Seguridad Social aplica una bonificación de edad en la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad

Bonificación de edad de la Seguridad Social por discapacidad./ Foto de Canva

El sistema de pensiones en España contempla una bonificación de edad por discapacidad en la pensión. Se trata de una medida disponible en la Seguridad Social y que beneficia a las personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

En este sentido, las personas con un grado de discapacidad determinado tienen la posibilidad de jubilarse de forma anticipada. Dicha edad de jubilación depende si el grado de discapacidad es igual o superior al 45%, o igual o superior al 65%.

Así, la edad ordinaria de jubilación en España en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas con menos de 37 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social. Por su parte, también es posible jubilarse con 65 años si se acredita un cotización igual o superior a 37 años y seis meses durante la vida laboral.

Bonificación de edad por discapacidad

La Seguridad Social informa que los periodos efectivamente trabajados en los que el trabajador acredite una discapacidad igual o superior al 65%, se multiplican por el coeficiente reductor que corresponda. Esto es así tanto en el Régimen General de la Seguridad Social o regímenes especiales, como Trabajadores del Mar y Minería del Carbón.

Bonificación de edad de la Seguridad Social por discapacidad./ Foto de Canva
Bonificación de edad de la Seguridad Social por discapacidad./ Foto de Canva

De esta forma se aplica la bonificación de edad por discapacidad de la Seguridad Social, según el coeficiente reductor que corresponda.

Finalmente, desde la Seguridad Social explican que «el resultado en días se suma a la edad real del trabajador y se obtiene la edad ficticia que será la tenida en cuenta a efectos de la pensión de jubilación».

Edad de jubilación, según la Seguridad Social

Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, pueden adelantar su jubilación como máximo hasta los 56 años de edad. Por su parte, las personas con un grado de discapacidad certificado igual o superior al 65%, pueden acceder a la jubilación anticipada con 52 años como máximo.

En el caso de los trabajadores autónomos, pueden acogerse a la jubilación anticipada con un 45% de discapacidad. Sin embargo, no tienen la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada con un 65% de discapacidad.

Al respecto, los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ destacan el importe de la pensión «se calcula igual que la pensión de jubilación ordinaria. Y, además, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación computa como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión. Tanto si hablamos de discapacidad del 45% como del 65% o más».

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