El Servicio Público de Empelo Estatal (SEPE) trabaja para evitar situaciones de vulnerabilidad de muchos colectivos sociales en España. Para ello, este organismo otorga ayudas y subsidios a aquellas personas que cumplen los requisitos necesarios para acceder a estas prestaciones y que tienen en ellas el amparo para paliar la asfixia económica a la que están sometidos debido, en gran medida, a la escasez o la ausencia de ingresos derivados de la actividad laboral.
Por tanto, el SEPE concede diferentes tipos de ayudas según el perfil del trabajador. La más común es la prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro. Pero no es la única. Aun así, para acceder a cualquiera de estas prestaciones se deben tener en cuenta una serie de condiciones, como la edad e ingresos; no obstante, también existe una pregunta importante en torno a esta situación: ¿puedo solicitar el paro si todavía tengo días pendientes de vacaciones?
Solicitud de paro con días pendientes de vacaciones
De acuerdo con el propio Servicio Estatal de Empleo Público, el plazo para presentar la solicitud para cobrar el paro estará dentro de los primeros 15 días hábiles a la finalización del contrato. En este sentido, se trata de una ayuda dirigida a quienes han finalizado sus contratos o han sido cesados de manera involuntaria y han cotizado, al menos, 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
No obstante, el SEPE es transparente sobre la posibilidad de solicitar el paro si todavía existen días pendientes de vacaciones. La respuesta es no. Se debe, por tanto, a que la persona todavía no se encuentra en «situación legal de desempleo», uno de los requisitos indispensable para poder acceder a esta prestación. Será desde el último día de vacaciones pagadas cuando el trabajador tendrá derecho a disfrutar de dicha prestación.
Por tanto, una vez hayan transcurrido las vacaciones, la persona tendrá un plazo de 15 días hábiles para solicitar su prestación. Este trámite se podrá realizar tanto a través de la Sede Electrónica o de manera presencial en una de las oficinas de prestaciones del SEPE. Además, el solicitante deberá darse de alta previamente como demandante de Empleo en el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma del beneficiario.
Vacaciones no retribuidas
En relación a las vacaciones no disfrutadas y retribuidas, se consideran aquellos días anuales a los que tiene derecho el trabajador, pero que no ha podido disfrutar, y por lo tanto, deberán ser pagados en el finiquito al finalizar la relación laboral. Estos casos pueden darse en situaciones específicas, como cuando se extingue el contrato con la empresa, sin importar la circunstancia, o cuando el empleado se jubila por incapacidad.
Así mismo, se antoja primordial comprender la importancia de planificar las vacaciones y tener en cuenta los días acumulados antes de solicitar la prestación por desempleo. Es la única manera de evitar complicaciones y se asegura un proceso adecuado para acceder a la ayuda que se necesita en estos momentos difíciles. El SEPE proporciona toda la información necesaria al respecto, y es recomendable seguir sus pautas para garantizar una solicitud exitosa y una prestación por desempleo adecuada.