¿Puedo perder mis vacaciones si estoy de baja médica por incapacidad temporal?

La normativa actual establece qué ocurre con los días de vacaciones del trabajador al estar de baja por incapacidad temporal

Baja médica por incapacidad temporal./ Foto de Canva

La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para desempeñar las funciones propias de su trabajo habitual, debido a una lesión o enfermedad. Durante el periodo de baja laboral, el trabajador percibe una prestación económica, cuya cuantía puede ir desde el 75% al 100% de su base reguladora.

En este sentido, la baja médica por incapacidad temporal puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. Del mismo modo ocurre con las pensiones de incapacidad permanente en España.

Normalmente, cuando un trabajador recibe el alta médica, debe regresar con total normalidad a su puesto de trabajo. Si bien, la situación de baja médica por incapacidad temporal también puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Incapacidad temporal y vacaciones

Por norma general, la baja médica por incapacidad temporal suele tener una duración máxima de 365 días. Sin embargo, la Seguridad Social puede conceder hasta dos prórrogas de seis meses, por lo que puede alcanzar hasta dos años de duración.

Baja médica por incapacidad temporal./ Foto de Canva
Baja médica por incapacidad temporal./ Foto de Canva

En base a lo que puede llegar a durar una baja médica por incapacidad temporal, muchos ciudadanos se preguntan qué ocurre con sus vacaciones correspondientes. Concretamente, si la coincidencia entre las vacaciones y la baja laboral provoca la pérdida del derecho a las vacaciones.

Unos años atrás, si la incapacidad temporal coincidía con el periodo de vacaciones, las vacaciones del trabajador de ese año se perdían. Además, en caso de estar de vacaciones y entrar en una situación de baja médica por incapacidad temporal, los días restantes de vacaciones no se recuperaban.

No obstante, la normativa sobre este asunto de materia laboral ha evolucionado mucho en los últimos años. Todo ello, especialmente, a la Jurisprudencia marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo.

Disfrute de vacaciones y baja médica

Actualmente, el artículo 38 del Estatuto de Trabajadores recoge la normativa específica referente a las vacaciones del trabajador por la coincidencia con una situación de baja médica por incapacidad temporal.

Dicho artículo establece que el trabajador podrá disfrutar de los días de vacaciones no utilizados durante la baja médica, una vez que finalice el periodo de incapacidad temporal. Es decir, el trabajador tiene derecho a recuperar los días de vacaciones que no ha podido disfrutar por encontrarse en una situación de baja médica por incapacidad temporal.

En cualquier caso, para disfrutar de las vacaciones pérdidas durante la baja médica, existen ciertas limitaciones. Así, no pueden pasar más de 18 meses desde que se haya acabado el año al que correspondan dichos días de vacaciones.

Por otra parte, con la nueva normativa, si el trabajador entra en baja médica por incapacidad temporal estando de vacaciones, no pierde los días restantes de vacaciones. En este caso, podrá disfrutar de los días restantes de vacaciones dentro de los 18 meses siguientes al alta médica. Todo ello, a través del acuerdo que el trabajador cierre con la empresa respecto a esos días de vacaciones.

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