¿Puedo cobrar una ayuda económica tras una baja voluntaria? 

En este artículo resolvemos la duda sobre si podemos beneficiarnos de una ayuda económica o prestación en caso de pedir la baja voluntaria en el trabajo 

Persona retirando dinero de un cajero

Recibir una ayuda económica por desempleo es lo más normal cuando un trabajador se queda en el paro. Estas ayudas tienen la función de proteger la situación de desempleo de aquellas personas que aunque están en condiciones para trabajar, han perdido de forma temporal o total su trabajo. En este sentido, se nos abre la incógnita: ¿Podemos recibir una ayuda económica después de pedir una baja voluntaria?

En el caso de que abandonemos el trabajo de forma voluntaria, no tenemos derecho a recibir una ayuda económica por desempleo; ya que no está establecido en la normativa legal para poder optar a una prestación por desempleo. Para ello, es necesario que la baja no sea voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a los trabajadores que quieren y pueden trabajar pero han perdido su empleo.

En el caso de que estemos trabajando para una nueva empresa y esta nos cesa por no superar el periodo de prueba; y no han transcurrido más de tres meses desde que cesó voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrá derecho a una ayuda económica por desempleo.

Dinero
Dinero

Sin embargo, si el trabajado comienza a trabajar de nuevo en otro puesto de trabajo y este contrato finaliza por no superar el periodo de prueba, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí podemos tener derecho a una ayuda económica por desempleo, siempre y cuando reúna los siguientes requisitos.

Requisitos para optar a una ayuda económica por desempleo

Si lo que queremos es pedir el paro, debemos reunir una serie de requisitos en el momento que solicitemos esta ayuda económica. Estos son los principales requisitos que debemos de tener en cuenta para optar al paro:

Debemos de tener al menos un año cotizado para poder optar al paro si cumplimos con todos los requisitos. Eso sí, si hemos trabajado menos de un año, tu situación de desempleo debe estar legalizada; tu renta no debe superar el 75% del SMI y debes tener cotizados al menos 3 meses si tienes cargas familiares y 6 meses si no las tienes.

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