Las reglas están para romperlas. Pero no para infringir normativas que prioricen la seguridad vial de los vehículos y conductores el las carreteras. Para ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) establece normas y límites que son de obligado cumplimiento por todas las personas que se ponen al frente de un coche; de hecho, si no se cumplen estas medidas, las autoridades competentes pueden proponer para sanción al infractor, que se vería exigido a abonar una tasa económica que varía en función de delito, además de la posible pérdida de puntos del permiso de conducción.
En este sentido, uno de los elementos más comunes en los pavimentos y carreteras españolas son las líneas continuas, por lo que es muy importante conocer en detalle su significado e implicaciones. Según el artículo 167 del Reglamento General de Circulación por el que se rige la Dirección General de Tráfico (DGT), “una línea continua sobre la calzada significa que ningún conductor con su vehículo o animal debe atravesarla ni circular con su vehículo sobre ella”. Por tanto, de acuerdo con esta legislación, se deduce que cuando un conductor se encuentre en el asfalto una línea continua, generalmente de color blanco, tiene prohibido rebasarla con su vehículo. Esto significa que no se puede adelantar a un vehículo si para hacerlo es necesario pisar una línea continua. Sin embargo, como suele ser habitual en las normas de la DGT, hay algunas excepciones que hay que tener en cuenta.
Cuando se puede adelantar en línea continúa
Desde la DGT afirman que, efectivamente, esta prohibido realizar adelantamientos sobre una línea continua; no obstante, también establece algunas circunstancias en las que sí se puede adelantar con línea continua. Uno de los casos en los que se levanta la prohibición es cuando un conductor quiera o tenga que adelantar a una bicicleta o ciclomotor que circule a una velocidad muy baja. En este escenario vial, se permite pisar la línea continua para rebasar a la bicicleta o ciclomotor, pero el adelantamiento debe realizarse en condiciones de visibilidad clara y es obligatorio dejar 1,5 metros de distancia de seguridad lateral.
Además, a partir de 2025, para seguir afianzando la seguridad en las carreteras, los conductores tendrán que reducir en al menos 20km/h por debajo del límite establecido del tramo en el que se realice un adelantamiento a ciclistas, según ha informado el organismo competente en esta materia. El objetivo de esta medida es rebajar notablemente la tasa de accidente hasta el mínimo posible, por lo que la DGT también realiza campañas de concienciación ante este tipo de situaciones, otorgando dos puntos extra del carnet a quienes acudan a estas conferencias.
Finalmente, otro de los casos en los que se permite adelantar en línea continua es aquel cuando el conductor se encuentre con vehículos lentos como tractores o los empujados por animales. Por último, hay dos circunstancias que permiten al conductor rebasar la línea continua pero no se consideran adelantamientos: al sobrepasar un obstáculo o un vehículo inmovilizado en la carretera.
Multas por adelantar en línea continua
La Dirección General de Tráfico es clara y concisa en este aspecto: los conductores que infrinjan una normativa que esté destinada a aumentar la seguridad vial, podrán ser propuestos para sanción y posterior multa, tanto económica como la posible perdida de puntos, en función de la gravedad de la infracción.
Por tanto, los conductores que rebasen con su vehículo una línea continua para girar o adelantar, se enfrentan a posibles multas. Más allá de poner en riesgo la seguridad vial, la sanción por no respetar la norma es de 200 euros y 3 puntos del carnet por girar, y de 400 euros y 4 puntos por adelantar en línea continua.