Ya puedes presentar como gasto en la declaración de la Renta el costo de la guardería

En poco más de un mes, el 3 de abril, dará comienzo una nueva campaña de la declaración de la Renta para la que es mejor estar preparados con antelación

Existen deducciones en la declaración de la Renta para gastos en guarderías

Queda poco más de un mes para que comience una nueva campaña de la Renta. Pues será el próximo 3 de abril, cuando de nuevo se abra el plazo para rendir cuentas a Hacienda, y para que no suponga un verdadero quebradero de cabeza, lo mejor es estar preparados. Una de las dudas más generadas se establece cada año en torno a cómo afecta la situación familiar en este trámite y cuáles son las deducciones o beneficios fiscales a tener en cuenta.

En este sentido, los gastos de guardería son unos de los que se pueden desgravar en la declaración de la Renta. Y es que, tal y como explican desde la Agencia Tributaria, se trata de una ayuda establecida con el objetivo de que se beneficien las madres trabajadoras con hijos menores de tres años que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes y que realicen una actividad por cuenta propia o ajena dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad.

Por tanto, con el fin de poder deducirse este gasto, quien cumpla los requisitos establecidos podrá minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo/a menor de tres años. Así que, si se cumple con las premisas de la Agencia Tributaria, dicha cuantía se asignará en la declaración anual de IRPF, pues lo único que debes tener en cuenta, es que no es posible pedir el abono por anticipado. Pero, ¿Cuáles son los requisitos a cumplir y por tanto, los gastos que te pueden reembolsar?

Presentar como gasto en la declaración de la Renta el costo de la guardería

Si cumples con la condición de tener hijos menores de 3 años y haber pagado, como hemos indicado anteriormente, gastos en guarderías o centro de educación infantil, debes saber que es muy probable que puedas beneficiarte de una deducción en la próxima campaña de la declaración de la Renta. No obstante, las condiciones específicas de cómo solicitarlas y si hay alguna condición específica, dependerá de la Comunidad Autónoma a la que pertenezcas.

Declaración de la Renta España
Declaración de la Renta España

De este modo, podemos distinguir por ejemplo que en Madrid, las deducciones específicas van a partir de la casilla número 1039. En cuanto a las deducciones de las personas con hijos menores de 3 años, la comunidad contempla, por una parte, un 20 por ciento de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del régimen General de la Seguridad Social. Todo ello con un límite de 400 euros. Además, establece el 30 por ciento de dichas cuotas en el caso de contribuyentes titulares de una familia numerosa con el límite de 500 euros anuales.

Otras comunidades autónomas

Si quieres beneficiarte de estas deducciones en la próxima campaña de la declaración de la Renta, debes conocer las peculiaridades específicas de tu Comunidad Autónoma. Por ejemplo en Canarias, las deducciones específicas deben introducirse a partir de la casilla 916. En este caso, existe una deducción del 18 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo, por gastos de custodia en guarderías de niños menores de 3 años, para lo que se contempla un máximo de 480 euros al año por niño.

En el caso de Aragón, as deducciones específicas deben introducirse a partir de la casilla 866. En este caso, existe una deducción del 15 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo, por gastos de custodia en guarderías de niños menores de 3 años, que en este caso cuentan con un máximo de 250 euros por cada hijos.

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