Para muchas personas, hacer un testamento es un tema complicado ya que pensar en la muerte no es precisamente agradable. Sin embargo, los notarios recomiendan realizar este trámite cuanto antes para establecer una jerarquía clara en el proceso de sucesión de la herencia.
No hacer un testamento en vida puede generar numerosos problemas, como conflictos familiares y obligaciones fiscales. Por esta razón, siempre es aconsejable crear este documento de forma legal y decidir el destino de la herencia tras nuestro fallecimiento.
Lo habitual es redactar el testamento ante un notario, ya que la mayoría de las personas prefieren recibir asesoramiento profesional. No obstante, también es posible distribuir la herencia sin acudir al notario, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones.
Cómo hacer un testamento legal sin acudir al notario
El testamento manuscrito, conocido como testamento ológrafo, es totalmente válido ante notario para repartir la herencia. Esta modalidad es utilizada por muchas personas que prefieren no recurrir al trámite profesional del notario.
Para que el notario valide un testamento manuscrito para repartir la herencia de una persona fallecida, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Debe ser escrito por una persona mayor de edad.
- Debe estar redactado en su totalidad por el testador.
- Debe incluir la firma del testador, así como el día, mes y año en que se realiza.
- Si contiene palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, estas deben ser corregidas y firmadas por el testador.
Es importante destacar que un documento presentado por ordenador no será válido, tendrá que ser escrito a mano. El testamento será considerado inválido por el notario si está mecanografiado, ya que no se puede verificar su autenticidad.
Cómo presentar ante notario el testamento ológrafo
El proceso para validar un testamento ológrafo es bastante sencillo, aunque es importante tener en cuenta ciertos aspectos. En primer lugar, el testador debe designar a una persona encargada de presentar el documento ante notario.
Este testamento deberá protocolizarse ante notario en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador para que los bienes puedan ser repartidos. Al presentar el documento como últimas voluntades del fallecido, se extenderá el acta de protocolización de acuerdo con la legislación notarial.
La persona a la que el testador ha confiado el documento juega un papel crucial en todo el trámite, ya que es responsable de presentarlo ante notario dentro de los diez días siguientes a conocer el fallecimiento.
Aunque inicialmente no es necesario acudir al notario para hacer el testamento, sí será imprescindible contar con sus servicios una vez que el testador haya fallecido. Se deben cumplir ciertos requisitos para validar el documento, lo que requiere la intervención del profesional.