Proteger con la herencia a un hijo con discapacidad: Así puedes hacerlo

Las personas que tienen un hijo con alguna discapacidad, deben organizar su herencia de tal modo, que le dejen bien protegido en el futuro

Modo en que debes organizar tu herencia para proteger a un hijo con discapacidad

Modo en que debes organizar tu herencia para proteger a un hijo con discapacidad

Dejar organizado el reparto de la herencia es beneficioso para las familias, casi en todos los casos, pero más aún, en las familias en las que existe un hijo con alguna discapacidad. La razón es sencilla: Es importante dejarle protegido para cuando uno o ambos progenitores fallezcan. Pero, ¿Cómo puede hacerse? Para empezar, cada progenitor debe realizar su propio testamento.

Cabe recordar que el testamento es la herramienta legal que contempla el Código Civil, mediante la cual, se puede dejar organizado el destino de la herencia para cuando ya no estemos. En España, realizar este acto no es obligatorio, pero es aconsejable, especialmente, cuando en la familia hay un hijo con discapacidad. De este modo, el documento podrá reflejar no solo el reparto de la herencia que desea para proteger a este hijo, sino quien será su tutor legal o administrador.

Así debes organizar tu herencia para proteger a tu hijo con discapacidad

¿A qué nos referimos cuando hablamos de organizar la herencia para proteger a un hijo con discapacidad? Pues de llevar a cabo todos los trámites pertinentes para que llegado el momento, esa persona no quede descuidada o sin protección. Esto es, por una parte, hacer un reparto entre los herederos y beneficiarlo, pero además, los progenitores deben tomar otras decisiones importantes y dejarlas establecidas mediante testamento.

Pero, ¿Qué decisiones deben llevarse a cabo? Los expertos en sucesiones señalan que son fundamentalmente dos. En primer lugar, elegir de forma consciente quién será el tutor o administrador de sus bienes. Cabe señalar, que esta figura no tiene por qué recaer obligatoriamente sobre un familiar, aunque es importante de plena confianza. Bien es cierto, que esto solo es necesario si el heredero cuenta con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento o una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 por ciento.

La segunda decisión que los progenitores deben tomar, es qué porcentaje de la masa hereditaria le dejan al hijo con discapacidad, y cuánto al resto. Lo habitual, en base a esa protección que se intenta realizar, es dejar más bienes o dinero, a ese hijo que al resto de herederos. Y es que por puro funcionamiento de la sociedad, es más complicado que una persona con discapacidad acceda a un empleo, y de tenerlo, suelen ser menos cualificados y con un salario menor.

La ley permite beneficiar a un hijo sobre el resto en el reparto de la herencia

La legislación española actual permite beneficiar a cualquier heredero por encima de otros, eso sí, es necesario otorgar testamento. Con este acto, lo que se hace es establecer que al heredero elegido, en este caso el hijo con discapacidad, se le deja, además de la legítima, el tercio de mejora y el de libre designación. Por lo general, este es el único modo de beneficiar a un heredero por encima de otros, ya que al resto no se les puede privar de la legítima, salvo en un caso.

Existe una excepción en el que caso de que uno de los hijos que hereda cuente con una discapacidad. Así lo recoge la Ley 8/2021, el 3 de septiembre de 2021, que establece que «cuando alguno o varios de los legitimarios se encontrasen en una situación de discapacidad, el testador podrá disponer a su favor de la legítima estricta de los demás legitimarios sin discapacidad». Lo que significa, que si así lo establecen los padres, el resto de hijos deberán ceder su parte de legítima a su hermano con discapacidad.

Por tanto, los progenitores que tengan un hijo con alguna discapacidad, pueden tener la tranquilidad de que es posible dejar toda la herencia a ese hijo. No obstante, deben llevar todos los trámites necesarios a cabo, especialmente, el de otorgar testamento. Finalmente, los expertos también aconsejan informar al resto de hijos de que no se trata de que vayan a ser desheredados, pues igualmente, tendrán lo que les corresponda cuando este hermano fallezca.

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