Muchos ciudadanos en España se preguntan si es posible cobrar la prestación contributiva por desempleo y acceder a la jubilación. Es decir, seguir cobrando el paro al alcanzar la edad de jubilación correspondiente. Desde el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Cumplir la edad de jubilación correspondiente no implica la pérdida de la prestación del paro, a no ser que la persona beneficiaria tenga derecho a cobrar la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social.
Respecto a esta cuestión, desde el SEPE exponen que «el derecho a la prestación por desempleo se extingue por pasar a ser pensionista de jubilación. Si al cumplir la edad de jubilación, no reúne los requisitos exigidos para cobrar dicha pensión, podrá continuar cobrando la prestación por desempleo, siempre que presente una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)«.
Prestación del paro y edad de jubilación
Puede ser que una persona que se encuentra cobrando la prestación del paro alcance la edad de jubilación correspondiente. También puede darse con el subsidio para mayores de 52 años. En ambos casos, al pasar a ser pensionista de jubilación, se extingue el derecho a cobrar las prestaciones.
Hay que recordar que el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar desde los 52 años de edad y hasta alcanzar la edad de jubilación. Eso sí, siempre que la persona beneficiaria siga cumpliendo los requisitos cada año para tener derecho a la percepción del subsidio.
En 2023, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y cuatro meses para las personas que han cotizado menos de 37 años y nueve meses a la Seguridad Social. Por su parte, es de 65 años para las personas que han cotizado igual o superior a 37 años y nueve meses durante la vida laboral.
¿Es posible mantener el paro?
La prestación del paro se puede mantener al alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Eso sí, siempre que al cumplir la edad de jubilación, el trabajador no cumpla con los requisitos oportunos para cobrar una pensión contributiva de jubilación. Para ello, es necesario presentar una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Además, desde el SEPE informan que la prestación por desempleo si se puede cobrar a la misma vez que una pensión de jubilación parcial o una pensión de jubilación que se haya reconocido en un sistema diferente al español.
Así, los expertos del SEPE manifiestan que «si la prestación que percibe es un subsidio por desempleo, la compatibilidad estará condicionada a que siga careciendo de rentas propias mensuales de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (el importe de la pensión, con prorrata de pagas extraordinarias, se tendría en cuenta como renta)».
Finalmente, es necesario resaltar que el ciudadano debe comunicar su jubilación a la Administración en caso de estar cobrando una prestación o subsidio por desempleo. Esto se puede hacer en las oficinas de prestaciones del SEPE o a través de la Sede Electrónica del SEPE.