La pensión de viudedad contributiva es compatible con cualquier renta del trabajo. Además, se trata de un tipo de pensión contributiva compatible con una pensión de jubilación o pensión de incapacidad permanente. Dentro de las pensiones contributivas, es la que más posibilidades de compatibilidad ofrece.
En este sentido, algunos ciudadanos se preguntan si es posible percibir dos pensiones de viudedad al mismo tiempo. Referente a esta cuestión, es necesario realizar ciertas aclaraciones que se recogen en la propia normativa de la Seguridad Social.
Dos pensiones de viudedad al mismo tiempo
Desde la Seguridad Social indican que «la pensión de viudedad, cuando el causante no se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del fallecimiento, será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años».
Puede darse el caso de que una persona perciba una pensión de viudedad y contraiga un nuevo matrimonio compatible. Además, es posible que si fallece el nuevo cónyuge también se genere el derecho a otra pensión de viudedad. Ante este tipo de situaciones, la persona viuda solamente podrá percibir una de las dos pensiones de viudedad.
Respecto a esta particular situación, la normativa de la Seguridad Social establece que «en los casos en que se haya mantenido el percibo de la pensión de viudedad, aunque se haya contraído nuevo matrimonio o constituido una pareja de hecho, por cumplir los requisitos exigidos, la nueva pensión de viudedad que pudiese generarse como consecuencia del fallecimiento del nuevo cónyuge o pareja de hecho, será incompatible con la pensión o pensiones de viudedad que venía percibiendo, debiendo optar por una de ellas».
Por lo tanto, no está permitido el cobro de dos pensiones de viudedad al mismo tiempo en España. En caso de tener derecho a recibir dos pensiones de viudedad, la persona beneficiaria deberá elegir entre una u otra.
Motivos para perder la pensión de viudedad
Normalmente, la pensión de viudedad tiene carácter vitalicio. En la mayoría de casos, la pensión de viudedad se pierde en caso de que la persona viuda contraiga un nuevo matrimonio o formalice una pareja de hecho, a excepción de las siguientes situaciones:
- Que la persona perceptora de la pensión de viudedad sea mayor de 61 años.
- Que tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, o que también sea beneficiaria de una pensión por incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.
- Que la pensión de viudedad constituya su única fuente de ingresos o, al menos, el 75% de sus ingresos anuales.
- Que sus ingresos anuales de todo tipo junto con los de su nueva pareja no superen el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Además, los profesionales de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) explican que «la pensión de viudedad también se puede perder por razones más infrecuentes. Por ejemplo, que se demuestre que el viudo fue culpable de la muerte del causante de la pensión, o que éste reaparezca cuando se le había dado por muerto o desaparecido».
En definitiva, los ciudadanos en España deben tener en cuenta que la pensión de viudedad se puede complementar con otras pensiones como la jubilación o la incapacidad permanente. Sin embargo, no existe la posibilidad de cobrar dos pensiones de viudedad de forma simultánea.