¿Qué porcentaje de la herencia corresponde a los hijos en un testamento?

El testamento es el documento por el cual se reparten los bienes de una persona fallecida y los hijos reciben una buena parte de la herencia

¿Puede un heredero bloquear la herencia a los demás?

Si tienes hijos y estás pensando en hacer un testamento, lo mejor es que conozcas todos los detalles importantes a la hora de repartir tu herencia. Y es que si bien es cierto que puedes elegir a quiénes van dirigidos tus bienes cuando hayas fallecido, el Código Civil establece en el artículo 808 que la legítima corresponde en buena parte a los hijos y descendientes. Pero, ¿sabes cuál es el porcentaje total?.

El testamento es un acto jurídico por el cual una persona establece quién o quiénes serán las personas que podrán disponer de todos sus bienes al momento de su muerte. Este documento es modificable. Por lo que siempre puedes cambiarlo a lo largo de tu vida dependiendo de tus deseos y necesidades.

Por ejemplo, puede que en un primer momento pienses que dejarte una buena parte de la herencia a tus hijos es una opción adecuada. Sin embargo, puede que más adelante pienses en aumentar la de tu cónyuge para que tenga un respaldo económico estable tras tu fallecimiento.

Por esta razón, los testamentos se pueden modificar todas las veces que queramos. Así podemos establecer en cada momento la parte de los bienes y el patrimonio que se queda cada persona.

¿Qué parte de la herencia corresponde a los hijos en el testamento?

La legítima de una herencia, como se explica en el Código Civil español, es la porción de bienes en el testamento que se encuentra reservada por la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Qué porcentaje corresonde a los hijos en el testamento
Qué porcentaje corresonde a los hijos en el testamento

Los hijos y los descendientes tienen el derecho a recibir las dos terceras partes del haber hereditario de los progenitores, según establece el Código Civil en el artículo 808 en España. Además, hay que tener en cuenta que si alguno de los hijos hubiera muerto antes, los descendientes de éste tienen el mismo derecho que le hubiera correspondido a aquél.

El testamento debe contemplar a los hijos cómo máximos beneficiarios de la herencia según la legímita. Por lo que no es posible que nuestro cónyuge herede todos nuestros bienes por más que esta sea nuestra voluntad.

Cláusula Socini o del uno para el otro

A pesar de que la legítima da el derecho a los hijos de disponer de dos terceras partes de los bienes de la persona fallecida, en el testamento se puede establecer una cláusula legal. Para que el viudo o viuda pueda quedarse con el usufructo de algunos de ellos.

La Cláusula Socini, como es conocida en este sector, funciona en casos en los que existe un usufructo universal de bienes para una persona (generalmente un cónyuge o pareja). Y unos derechos de nuda propiedad para otros que conviven en la misma herencia.

Esta es completamente legal en cualquier testamento. En este sentido, los hijos deben respetar y tolerar el derecho a usufructo universal del cónyuge viudo. Sin que puedan exigirle el pago de una fianza o inventario del inmueble.

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