El subsidio para mayores de 52 años es una prestación no contributiva gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Está destinada a personas con 52 años o más que se encuentran en paro y han agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Esta ayuda no contributiva se puede percibir hasta alcanzar la edad de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos iniciales.
Por otra parte, el subsidio para mayores de 52 años permite seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a la jubilación. Al respecto, desde el SEPE explican que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
Así, la cuantía del subsidio para mayores de 52 años es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). En este año 2022, el importe mensual es de 463,21 euros. Sin embargo, el Gobierno de España subirá el IPREM mensual a 600 euros al mes, lo que generará que la cuantía mensual de este subsidio se establezca en 480 euros.
Extinción del subsidio
Para tener derecho al subsidio para mayores de 52 años es necesario cumplir una serie de requisitos básicos. Si bien, también pueden darse determinadas circunstancias por las que se extingue el derecho a percibir dicha prestación, según informan los profesionales del SEPE:
- La realización de un trabajo por cuenta ajena con una duración igual o superior a 12 meses.
- Comenzar a realizar un trabajo por cuenta propia en algunos de los regímenes de la Seguridad Social.
- Cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
- Renuncia voluntaria a percibir el subsidio para mayores de 52 años.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
Igualmente, según el SEPE, es motivo de extinción «pasar a ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez. En estos casos de invalidez podrá optar por la prestación más favorable».
Proceso de renovación
Tal y como hemos argumentado previamente, el subsidio para mayores de 52 años se puede percibir hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Para ello, la persona beneficiaria debe seguir cumpliendo con todos los requisitos que dieron origen a la percepción inicial del subsidio. Además, se debe presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas (DAR).
La Declaración Anual de Rentas es un documento en el que se acredita que el beneficiario sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas. Es decir, no tiene ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional Vigente (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Los ciudadanos beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años disponen de un plazo de 15 días desde el reconocimiento inicial de la prestación o desde que se produjo la última renovación. En caso de no presentar el DAR el plazo, el SEPE suspenderá la percepción del subsidio y las cotizaciones a la Seguridad Social.